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PRESCRIPCIóN ESTUPRO

  • Consulta : 279670
  • Autor : letychilian1993_NR
  • Publicado : Jueves 21 de Abril de 2016 15:43 desde la IP: 187.210.189.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,096
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  • Autor
    Consulta

  • letychilian1993_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    En qué tiempo precribe el delito de estupro, en la legislación de la cdmx.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 388249

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La prescripción del Delito de Estupro seria de 2 años 3 meses, de acuerdo con el siguiente artículo. CAPÍTULO IV. ESTUPRO. ARTÍCULO 180. Al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión. Este delito se perseguirá por querella. Los años en comento son debido al termino medio aritmético que señala el articulo señalado. Saludos.





  • Autor
    Respuesta No: 388525

  • Monic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola letychilian, efectivamente como señalan los foristas en sus respuestas anteriores, si consideramos l termino medio aritmético de la penalidad del estupro es de 2 años y 3 meses; pero en el caso concreto existe una excepción y se encuentra contemplada en el artículo 108 fracción IV del Código Penal ......Los plazos para la prescripción de la pretensión punitiva serán continuos, en ellos se considerara el delito con sus modalidades y se contaran a partir de: VI. EN LOS DELITOS TIPIFICADOS EN EL LIBRO SEGUNDO, TITULOS QUINTO Y SEXTO DE ESTE CODIGO, CUANDO LA VICTIMA FUERE MENOR DE EDAD, EL PLAZO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL EMPEZARA A CORRER PARA EL MENOR DE EDAD QUE HAYA SIDO VICTIMA, AL MOMENTO QUE CUMPLA LOS DIECIOCHO AÑOS. Lo anterior significa que la victima de estupro puede querellarse una vez cumplida la mayoría de edad. Otra cuestión importante que dejaste de mencionar es si se inicio una averiguación o no, si se consigno dicha averiguación y de ser así si se dicto sentencia; todos los anteriores son datos necesarios para brindar una asesoría correcta, ya que los términos para la prescripción se interrumpen por la actuación del Ministerio Público y en el procedimiento penal los términos empiezan a correr y son diferentes si el procesado se sustrae a la acción de la justicia.



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