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LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

  • Consulta : 279415
  • Autor : boltra21_perez_NR
  • Publicado : Sábado 26 de Marzo de 2016 14:48 desde la IP: 201.141.142.236
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,125
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  • Autor
    Consulta

  • boltra21_perez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Buenas tardes, mi ex esposa falleció hace unos días, pero ella me demando la liquidación de sociedad conyugal, el año pasado, nos divorciamos en el 2004, tuvimos tres hijos pero todos son mayores de edad y solo uno de ellos estudia, mi pregunta es se esta ventilando el asunto en el juzgado, aun no hay sentencia en la liquidación de sociedad conyugal, es posible que por la muerte de mi ex esposa se termine el asunto y pueda acceder a todos los bienes de la sociedad conyugal o sus herederos pueden demandarmela, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 387796

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La muerte no extingue obligaciones. Una vez que se nombre albacea en la sucesión de su ex esposa, éste deberá continuar con el juicio de liquidación de sociedad conyugal ya existente..



  • Autor
    Respuesta No: 387820

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    quien promovió la liquidación? si fuiste tu... y te desistes de esta... puedes iniciar el juicio de sucesión en calidad de superstite con derechos... sobre la masa hereditaria... tu abogado que lo esta llevando... te dirá que hacer... no hagas nada sin el apoyo de tu abogado patrono...







  • Autor
    Respuesta No: 387919

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en ese caso... al morir la actora... solo hay que enterar al juez y pedir se sobresea el juicio x falta de parte servido...ochoa???



  • Autor
    Respuesta No: 387921

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Correcto a la muerte de su esposa sin terminar la liquidacion, queda subsistente los derechos sobre la sociedad, por no estar concluida. Atte. Lic. J. L. Camacho



  • Autor
    Respuesta No: 387937

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Camacho: ¿¡¿Desde cuándo la muerte de la esposa ó ex-esposa exingue la obligación de liquidar la sociedad conyugal dejando a los herederos de la fallecida sin derechos hereditarios?!? No me extrañaría que usted opinara que la muerte de uno de los socios de una S. A. acrecenta el capital de los otros socios, pero tan mal sería esta opinión como la que usted ha expresado en la presente consulta.





  • Autor
    Respuesta No: 387966

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De acuerdo con la consulta fue la respuesta, si estaba o no extinguida la sociedad con la muerte de la socia, por lo que sus opiniones ???????????? y si ustedes opinan lo contrario ................?



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