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PUEDEN QUITARNOS LA CASA DE MI PADRE QUE ESTA INTESTADA

  • Consulta : 278639
  • Autor : reynalda70
  • Publicado : Viernes 11 de Diciembre de 2015 22:36 desde la IP: 201.141.104.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,085
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  • Autor
    Consulta

  • reynalda70
    USUARIO REGISTRADO

    ¡Saludos! espero que me puedan responder esta gran duda que tengo. mi problema es el siguiente: somos 6 hermanos y uno de ellos tramitó un crédito para sacar un auto de agencia y puso como aval la casa de mi padre,quien ya fallecio, pero sacó ese crédito después de que mi padre murio,el problema es que mi hermano no ha cubrido con la deuda y a mi hermana le llamaron diciéndole que la casa había quedado de aval, por lo que nosotros los hermanos no teníamos el conocimiento de tal situación, mi duda es que ¿nos pueden quitar la casa, aunque este intestada?, no hemos podido localizar a mi hermano,ni tampoco la agencia ha podido comunicarse con el,les agradezco si me podrían ayudar. gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 386663

  • Abogado Felipe
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante Los otros 5 hermanos tienen que denunciar la sucesion intestamentaria a bienes de su padre hoy fallecido y una vez que el juez reconozca el caracter de herederos a cada uno de los hijos, entre ustedes tienen que designar un Albacea, hecho esto, quien sea el Albacea puede denunciar ante un Agente del Ministerio Publico Investigador al hijo que dejo la casa como aval para obtener el credito automotriz, puesto que para hacer eso tuvo que informar a los demas hijos y pedir autorizacion una vez denunciada la sucesion y no lo hizo por tanto actuo en perjuicio de los demas herederos ok SALVO que el papa aun vivo haya servido de aval, esta interesante su problema pero faltan datos





  • Autor
    Respuesta No: 386665

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los bienes de su padre, solo pueden ser afectados por deudas de el mismo, y si ya fallecio y no existen herederos nombrados, no puede un tercero gravarla con ningun adeudo o garantia, por lo que el reclamo que hace quien presto sobre la casa, es nulo de pleno derecho, ya que no lo garantizo el titular del bien, es decir su padre. El consejo de denunciar la sucesion de su padre es correcto, y si no aparece su hermano, sus derechos a la sucesion solo le corresponderian la sexta parte como hijo, siempre y cuando su padre no se encuentra casado con su madre por sociedad conyugal, si estaba casado bajo este regimen, el 50% de sus bienes son de su madre. No se asuste el acreedor de su hermano solo los esta presionando para que paguen ustedes.



  • Autor
    Respuesta No: 386666

  • Abogado Felipe
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante Tiene razon el Lic. Camacho, sin embargo, para heredar no basta con ser hijo sino que la ley exige tener capacidad para heredar y esta conforme a la ley civil se pierde cuando los hijos son ingratos, o bien, cuando un hijo comete delito doloso en perjuicio de los padres,ok,ante esto su hermano considero ha perdido su derecho a heredar y por tanto, no tiene derecho a heredar nada, ok Por otra parte, su hermano pudo incurrir en delito doloso ok salvo autorizacion del papa ok



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