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RESPONSABILLIDAD CIVIL A TERCEROS POR VICIOS OCULTOS DE CONSTRUCCIóN

  • Consulta : 276843
  • Autor : liliere_NR
  • Publicado : Lunes 14 de Septiembre de 2015 13:03 desde la IP: 184.160.233.67
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • liliere_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Tengo un local comercial al cual se le desprendió una loceta colocada a 5 metros de altura sobre la fachada exterior. El inmueble se compró a un constructor hace 7 años. Afortunadamente no hubo daños físicos ni materiales a terceros, pero aquí me surgen varias dudas:

    1. Si hubiese habido daños ¿quién habría sido el responsable legal de dichos daños?

    2. El local forma parte de una plaza comercial en condominio. ¿Las fachadas exteriores son área común del condominio?

    3. ¿Es pertinente por vía escrita informar de lo sucedido al constructor y solicitar la reparación del desprendimiento?

    Mil gracias por su atención.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 385427

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1.- Usted es el responsable legal, puesto que Usted es el dueño del inmueble.

    2.- Si, son áreas comunes.

    3.- Aunque Usted notifique de dicha situación al constructor, después de 7 años de comprado, el constructor le va a mencionar que eso se debe a falta de mantenimiento por parte del dueño (en este caso Usted). 

    Otra situación sería si puede demostrarse que es un vicio oculto en la construcción, del cual el constructor sabía de su existencia y no le comentó nada a Usted.

    Saludos.



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