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SENTENCIA DE DIVORCIO
- Consulta : 276088
- Autor : descagafacil_NR
- Publicado : Sábado 05 de Septiembre de 2015 14:24 desde la IP: 189.156.115.254
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 05 de Septiembre de 2015
Estado de Referencia: Nuevo León
Bune dia.
Me divorcie este año en el mes de marzo, fue un divorcio via administrativa,
en el acta aparece un punto en la cual menciona que ninguno de los dos
conyuges puede contraer matrimonio hasta no haber pasado un año de la
sentencia.
Existe alguna manera de apelar este punto, o es necesario acatarlo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 385062
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Septiembre de 2015 15:55 2015-09-05 15:55 desde IP: 187.176.101.171
No, no es apelable, porque la disolución del vínculo matrimonial tramitada en la vía administrativa, no es recurreble.
Lo que puede hacer es, asistido de abogado especialista en Derecho Familiar, solicitar al Juez de lo Familiar la dispensa de dicho plazo, en caso que tengan más de un año de vivir separados y sin cohabitar, lo que tendrán que demostrar plenamente durante el trámite.
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Autor





