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ABANDONO DE HOGAR
- Consulta : 273588
- Autor : MARLES
- Publicado : Martes 11 de Agosto de 2015 09:49 desde la IP: 189.186.144.159
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Agosto de 2015
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AutorRespuesta No: 384112
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Agosto de 2015 22:44 2015-08-11 22:44 desde IP: 189.217.25.63
Solamente el divorcio, pensión alimentaria para las hijas y disolución de la sociedad conyugal con rendición de cuentas a la misma.
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