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FACTOR DE RIESGO E INDEMNIZACIóN

  • Consulta : 269738
  • Autor : 1734elizabeth_NR
  • Publicado : Miércoles 24 de Junio de 2015 01:19 desde la IP: 189.215.152.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,088
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  • Autor
    Consulta

  • 1734elizabeth_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    Hola,

    una mujer de 40 años fue diagosticada con sindrome del tunel carpiano por el médico quien le dijo que era resultado de su trabajo (secretaria).  Llevaba 15 años trabajando al momento del diagnostico. No se le dio seguimiento. Se jubiló a los 37 años de labores y no se le dio compensacion extra por su padecimiento.

    1)como se debio de haber comprobado que su padecimiento era derivado del trabajo (evaluacion factores de riesgo ergonómicos).

    2) a que prestaciones tendría derecho si se hubiera comprobado lo anterior dado que tiene secuelas como dolor en las manos y perdida de la movilidad del dedo meñique y dolor del mismo.

    3) como se resolverían las dos preguntas para IMSS e ISSSTE?

     

    Muchas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 382102

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En su momento se le debió haber catalogado como enfermedad de trabajo.

    Por lo que dices después del diagnóstico continuó trabajando todavía 22 años más por lo que será dificil creer que el problema le ocasionó una IPP.

    Si ya se jubiló tiene hasta dos años para demandar el reconocimiento de una enfermedad de trabajo y la consecuente indemnización o pensión.

    Pero así como o platicas lo veo complicado.



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