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CESANTIA DE OBLIGACION DE ALIMENTOS A HIJO MAYOR DE EDAD

  • Consulta : 268424
  • Autor : yayodlao_NR
  • Publicado : Miércoles 10 de Junio de 2015 18:25 desde la IP: 200.23.91.185
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,220
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  • Autor
    Consulta

  • yayodlao_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tabasco

    Buenas tardes.

    Actualmente tengo un hijo de 22 años con 9 meses de edad, él esta por titularse en ingenieria petrolera. Recibi un aviso de su madre, solicitandome que no trámite la cesantia de alimentos por terminar sus estudios "titulación"  ya que ella me manifiesta que él desea estudiar una maestria afín a su carrera.

    Nota: La pensión actual es de 25% de mi salario y prestaciones de ley, la cobra y administra la madre desde su establecimiento. Aunque él es adulto, no recibe la pensión directamente. Ella trabaja en la misma empresa, pero solo yo aporto pensión alimenticia para mi hijo.

    Mis preguntas son las siguientes:

    1.-¿Hasta cuando tengo la obligación legal de continuar dando la pensión alimenticia a mi hijo?

    2.-¿Al titularse profesionalmente, preescribe la obligación de pasar alimentos a mi hijo?

    3.-¿Que debo de hacer para reducir y/o solicitar que la pensión sea depositada a cuenta bancaria de mi hijo?

    4.-¿Puedo solicitar o establecer una demanda para que ella también sea obligada legalmente a pasar pension de alimentos a nuestro hijo?

     

    De antemano, agradezco sus comentarios a mis preguntas.

     

    Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381386

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted está legalmente obligado a dar alimentos hasta que concluya sus estudios profesiomnales y un año más, para que tenga oportunidad de titularse.

    Una vez que obtenga la titulación, usted, asistido de un abogado especialista en Derecho Familiar, deberá promover el incidente de cesación del derecho de recibir alimentos y la cancelación de la pensión alimenticia.

    Para que elpago se haga directamente a su hijo, ahora mayor de edad, y no a la madre, usted deberá solicitarlo al Juez que lo condenó a pagar la pensión alimenticia, pidiéndole gire oficio para el efecto que la misma le sea entregada personalmente a su hijo.

    Usted no puede demandar a la madre que de alimentos a suhijo; ése es un derecho que solamente le corresponde a él.



  • Autor
    Respuesta No: 381388

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, usted tiene la obligación de seguir proporcionando la pension alimenticia, hasta que su hijo se titule, y el tiempo entre que termina la carrera, y que se titula seria a la consideración del juez, y de la carrera que decidió su hijo estudiar, el cual a ciencia cierta no podríamos determinar que , tiempo seria, coincido con el forista anterior que no creo que pudiera rebasar un año de la titulación , pero la ultima palabra la establecería el juez. En definitiva lo que si usted no tiene la obligación, es de pagarle la maestria, en lo absoluto, por lo que considerando que los tiempos de los juzgados familiares son muy tardados, le sugiero acuda personalmente a la universidad de su hijo, y solicite una carta, o constancia de estudios, para que la exhiba, a través de un incidente de cesación de pension alimenticia, y le dejen de descontar, Somos un DESPACHO ESPECIALISTA EN DERECHO FAMILIAR, ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS SUR DF LIc Valeria Ortiz Rubio Anzorena



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