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HIJOS

  • Consulta : 268333
  • Autor : vanezhernandez_NR
  • Publicado : Miércoles 10 de Junio de 2015 08:46 desde la IP: 177.242.237.128
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • vanezhernandez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Hola ojala algien pueda orientarme, estoy en union libre con una persona que tiene una niña de 14 años con otra persona pero nosotros tenemos 2 menores de edad aun el siempre a pasado gasto a su ex, esto a ido asi durante 5 años pero ahora ella quiere aun mas dinero ella trabajo y yo tambien ella alega aaberse orientado ya y comenta que a mis hijos no les corresponde nada porque yo trabajo, esta dispuesta a dejar ella su trabajo con tal que amis hijos no les toque nada, eso es posible? no tengo incomeniente en que mi pareja pase lo que le corresponde a la niña de su expareja pero tampoco quiero que mis hijos queden desprotejidos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381338

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si bien ni señala si su pareja se encuentra o no divorciado en caso que , debo decirle que tanto sus hijos como la hija que procreó con su ex, TIENEN EXACTAMENTE LOS MISMOS DERECHOS A RECIBIR ALIMENTOS DE SU PADRE, sin que sea relevante la circunstancia que usted trabaje, y que la madre de la menor, no lo hiciera.

    Su pareja debe pagar alimentos a su hija en un porcentaje que flucúe entre el 15% y el 20% de su sueldo y prestaciones ordinarias y extraordinarias.



  • Autor
    Respuesta No: 381339

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si bien ni señala si su pareja se encuentra o no divorciado en caso que , debo decirle que tanto sus hijos como la hija que procreó con su ex, TIENEN EXACTAMENTE LOS MISMOS DERECHOS A RECIBIR ALIMENTOS DE SU PADRE, sin que sea relevante la circunstancia que usted trabaje, y que la madre de la menor, no lo hiciera.

    Su pareja debe pagar alimentos a su hija en un porcentaje que flucúe entre el 15% y el 20% de su sueldo y prestaciones ordinarias y extraordinarias.



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