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REDUCCIóN O CANCELACIóN DE PENSIóN ALIMENTICIA???

  • Consulta : 266900
  • Autor : cris_cancer
  • Publicado : Miércoles 27 de Mayo de 2015 00:10 desde la IP: 187.185.104.58
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,118
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  • Autor
    Consulta

  • cris_cancer
    ESTUDIANTE

    Hola a todos:

    Tengo un familiar al cual hace aproximadamente 8 años le decretaron el 45% por motivo de pension alimenticia a favor de sus tres hijos, una mujer y dos varones, es el caso que a la fecha, la mujer ya tiene un hijo de 5 años y uno de los varones aun siendo menor de edad ya tiene un hijo de un año, mi pregunta es debo interponer incidente de reduccion de pension por los dos hijos casados o es incidente de cancelacion de pension por esos mismos dos hijos???

    Les agradeceria mucho su atencion y si es posible me proporcionaran un formato en el cual me pueda basar.

    Gracias!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 380515

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    No está siendo claro.. usted está escribiendo: "la mujer ya tiene un hijo de 5 años y uno de los varones aun siendo menor de edad ya tiene un hijo de un año"

    Así que no especifpica si solo tuvieron hijos o si ya se casaron o ambos.

    Pero bueno, para el caso es lo mismo, ya que con el contrato de matrimonio, los menores hijos se emancipan por lo que pierden su derecho a recibir alimentos (siempre y cuando no los necesiten, por incapacidad, interdicción, etc... es decir, los alimentos podrían darse hasta que dejen de necesitarse, por ejemplo toda la vida por una incapacidad mental).

    Es así que si se casaron o no, sí, puede solicitarle al juez dejar de proporcionarles alimentos, ya que, en el caso de la hija, la obligación de dar alimentos pasa al marido o al padre de la criatura (o de quien provea en el hogar, no soy machista) , y en el caso de su hijo, el adquiere la obligación de trabajar para mantener a su nueva familia (o ser amo de casa, repito, no soy machista).  Aunque, si el muchacho menor de edad, no se caso, sigue estudiando y legalmente no ha reconocido a su menor hijo, todavía tendrpa que darle alimentos, o demostrar (que no le corresponde, en todo caso la madre del menor le tendría que demandar el reconocimiento de paternidad, y pensión alimenticia) que tiene un menor hijo...

    Pero bueno, por lo pronto, por la hija, en las circunstancias que menciona, estoy seguro de que podrá dejar de darle alimentos.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 380517

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Le transcribo una jurisprudencia aplicable a su caso:


    ALIMENTOS, ACREEDORA ALIMENTISTA QUE PROCREA UN HIJO, DEJA DE NECESITARLOS (LEGISLACION DE TLAXCALA)

    Cuando la acreedora alimentista (hija) procrea un hijo fuera de matrimonio, cambia la situacion de dependencia económica para con el deudor (padre), puesto que en tal situación, quien tendría la obigacion de proporcionar alimentos tanto a ella como a su menor hijo, sería el padre de este último, por lo tanto, en terminos del articulo 166 fraccion II del codigo civil del estado de tlaxcala, la alimentista ha dejado de necesitar alimentos, máxime si también ha alcanzado la mayoría de edad.

    segundo tribunal colegiado del sexto circuito
    (v1.2o 18c)
    amparo directo 362.95. Otilia Lopez Hernandez por si o por su representacion 6 de septiembre de 1995, unanimidad de votos.Ponente gustavo calvillo rangel, secretario; jose mario machorro castillo
    semanario judicial, novena epoca tomo II octubre 1995 tribunales colegiados pag 478



  • Autor
    Respuesta No: 380654

  • cris_cancer
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lic. Marco le agradezco mucho su atención y si en realidad no fui especifica en ese sentido del matrimonio pero le comento la hija si está casada y el hijo no pero si reconocio al bebé de hecho ya tengo las actas de los niños para ofrecerlas como prueba, pero entonces mi duda sigue, se tramita el incidente de reducción o de cancelacion de pension que le corresponde a los hermanos que ya tienen familia aparte.

    Haga de cuenta que la pension va a seguir pero ya no del 45% sino del 15% que le corresponde al tercer hijo esque no se si me estoy dando a entender.



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