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YESSICA

  • Consulta : 264350
  • Autor : j.s.gamboa_NR
  • Publicado : Miércoles 29 de Abril de 2015 19:05 desde la IP: 177.225.135.68
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • j.s.gamboa_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    hola deseo saver que tramites devo aser para cambiarme el apellido tengo 23 años y deseo tener el apellido de me mi padrastro 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 378844

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los apellidos que le corresponden a una persona, están determinados en la Ley, de forma tal que éstos no se ponen o quintan al antojo del interesado; con mayor razón, cuando es a través de éstos que se tiene el derecho constitucional y legal a la identididad.

    Tal cambio, solamente está permitido en los casos en que una persona realiza los trámites ante los órganos juridisccionales competentes, para que se le otorgue la adopción plena de otra; por tanto, su padrastro es quien, asistido de un abogado especialista en Derecho Familiar, decidirá si desea adoptarla a usted o no, y en caso que silo quiera, el que deberá promover el procedimiento respectivo.



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