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LIQUIDACION POR JUBILACION

  • Consulta : 263030
  • Autor : jiljimenez_NR
  • Publicado : Viernes 17 de Abril de 2015 15:21 desde la IP: 148.225.31.120
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • jiljimenez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    mujer con 28 años de antiguedad con un salario diario integrado de $506.00 , supongo que son 3 meses de sueldo, 20 dias por año laborado, vacaciones, prima de antiguedad, fondo de ahorro, etc., me puede decir cuanto alcanzo en mi liquidacion?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 378047

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted se va a jubilar, porque satisface los requisitos que para ello exige la Ley del Seguro Social, entonces usted es quien deberá renunciar voluntariamente al empleo, pues la terminación de la relación labora ocurre porque a usted le conviene a sus intereses.

    En tal caso, solamente tiene derecho al pago de la prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcioinales y los sueldos y pretaciones devengadas a la fecha de la renuncia.



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