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TIEMPO DE PRESCRIPCION DE UN PAGARE? CREDITO FAMILIAR
- Consulta : 262833
- Autor : falvarez72
- Publicado : Jueves 16 de Abril de 2015 08:25 desde la IP: 200.23.10.34
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,100
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 16 de Abril de 2015
Buenos dias amigos y expertos en derecho, les quiero preguntar acerca de una situacion. Yo firme un pagare en septiembre de 2009, en ese pagare estipulaba que hasta por dos años tendria que pagar la cantidad mencionada de $14000.00 con CREDITO FAMILIAR, por razones de trabajo yo deje de pagar esta cuenta, el dia de ayer recibi una llamada de un despacho llamado TIERRAS DEL SILENCIO GCN SA de CV informandome de la CESION ONEROSA de la venta de cartera de Credito Familiar donde certifica el Lic. Cecilio Gonzalez Marquez, Notario Publico No. 121 del Distrito Federal, la personalidad juridica para poder realizar cobranza del credito. He investigado y el notario publico 121 se llama Amado Mastachi Aguario y el notario publico 151 si es Cecilio Gonzalez Marquez. LA PREGUNTA ES cuando prescribe mi pagare? y si es correcta la operacion que me mencionan?
Ojala algun experto en la materia pueda asesorarme.
Saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 378087
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Abril de 2015 01:33 2015-04-18 01:33 desde IP: 189.217.13.14
OJO. La acción ejecutiva mercantil no prescribe nunca, Usted puede oponer la excepción de prescripción al momento de contestar la demanda, pero de que procede el exequendo y le embargan, no hay pierde. La excepeción de prescripción es oponible si el título de crédito tiene más de tres años a partir de la fecha de vencimiento. Pero si reconoce el adeudo en el embargo ya valió.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379241
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 12:05 2015-05-08 12:05 desde IP: 200.23.10.34
Gracias por la respuesta, quisiera preguntarle acerca de la ultima linea del parrafo, como actuar en el dado caso de que se presenten a embargar, pues me dice que si reconozco la deuda en el embargo ya valio. En ese momento es cuando se dene de oponer a la excepcion de prescripcion? o como actuar, se lo agradecere mucho
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