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NO ME DAN MI AUMENTO Y YA TENGO UN AñO EN MI TRABAJO
- Consulta : 262139
- Autor : avecandy_NR
- Publicado : Jueves 09 de Abril de 2015 19:03 desde la IP: 201.156.12.23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,143
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 09 de Abril de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 377619
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Abril de 2015 19:47 2015-04-09 19:47 desde IP: 187.176.101.171
Si usted percibe un salario superior al mínimo, el patrón no está obligado a aumentárselo, ni con motivo de la inflación ni por haber cumplido un año de servicios.
Si su salario es el mínimo, entonces el incremento salarial ocurrirá el día primero de enero de cada año, en los porcentajes que determine la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
Por tanto, en ninguno de los dos casos cuenta usted con bases legales para exigir ningún aumento; si se lo conceden, será resultado de negociaciones entre usted y la empresa.
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