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TIEMPO EXTRA
- Consulta : 261615
- Autor : ferslp_NR
- Publicado : Domingo 05 de Abril de 2015 17:27 desde la IP: 189.212.172.53
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,092
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 05 de Abril de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 377325
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Fecha de respuesta: Domingo 05 de Abril de 2015 17:32 2015-04-05 17:32 desde IP: 187.176.101.171
El derecho a devengar el tiempo extraordinario laborado, es a partir del primer minuto que se labora una vez concluida la jornada normal de labores.
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