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PARA QUE ME HEREDEN UNA CASA

  • Consulta : 260729
  • Autor : patasalada65
  • Publicado : Miércoles 25 de Marzo de 2015 19:55 desde la IP: 200.92.45.167
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • patasalada65
    USUARIO REGISTRADO

    Ante todo, buenas tardes, mi consulta es la siguiente: mi padre con edad de 79 años que vive sòlo quiere dejarme su casa, es viudo, nosotros somos 7 hijos,pero el ùnico que lo atiende es su servidor, por este motivo mi papà ha decidido por cuenta propia, dejarme la casa en herencia,el problema es que 4 de mis hermanos estàn de acuerdo y los otros dos no,mi papà no quiere que por ningun motivo que ellos, los dos hermanos, tengan derecho alguno, tengo entendido que al fallecer mi madre, el 50 % de la propiedad es de mi papà y el otro 50 % es de los hijos, mi pregunta es la siguiente,: cùal serìa el paso a seguir tomando en cuenta los dos posibles casos, 1.- que mis dos hermanos renuentes cedieran su parte de la propiedad, o 2.-que no quieran hacerlo, mi padre no quiere por ningun motivo darles nada, pero un juicio testamentario serìa largo y tedioso, por favor ocupo de su orientaciòn, esperando su repuesta, quedo a sus òrdenes

     

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  • Autor
    Respuesta No: 376795

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Según su consulta, se entiende que su padre ahora viudo, estaba casado en sociedad conyugal, por lo que efectivamente ya sea en testamento o incluso en donación, sólo puede disponer de la mitad de la casa ya que la otra mitad le corresponde a los herederos de su esposa, es decir los hijos. Su padre puede hacer su testamento dejando como herederos a quien él decida si no hay acreedores alimentarios, pero la otra mitad se debe repartir por partes iguales a los herederos. Lo que puede hacer es comprar la parte que le corresponde a los dos hermanos que están en desacuerdo. Y de paso que su padre demande a limentos a los hijos ingratos.



  • Autor
    Respuesta No: 376809

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    "tengo entendido que al fallecer mi madre, el 50 % de la propiedad es de mi papà y el otro 50 % es de los hijos,"

     

    Antes que nada, vamos a partir del principio... cuando falleció su señora madre, se debio de haber iniciado un juicio testamentario (si hubo testamento) o intestamentario (sino hubo testamento).

    Si hubo testamento y ella dispuso dejar la casa en partes iguales para sus siete hijos, pues partimos con la idea que expones.

    Si no hubo testamento, revisa si no tu padre se quedo con el 100% de la vivienda, ya que si es así, pues lo único que tendría que hacer sería realizar su testamento en el que disponga que te quiere dejar a ti y solo a ti el inmueble.

    Si regresamos a la primer hipótesis, en el que el 50% es de tu padre, y el otro 50% se repartió entre tu padre y los 7 hijos, es decir 8 partes, o solo entre los hijos, 7 partes, por lo que desde ya, serás propietario del 7% de la propiedad. Ahora bien si cuatro de tus hermanos están de acuerdo, (y no esta terminado o ni siquiera iniciaron el juicio sucesorio de tu madre), deberán REPUDIAR a tu favor su parte de la herencia, por lo que tendrías el 35% digamos "asegurado", más el 50% de tu padre, sería el 85%..

    Ahora bien, si los dos hermanos no quieren soltar su parte, puedes comprarselas, si se niegan a vendertela pero luego la venden a alguien más, puedes demandarlos, ya que tu tienes prioridad en la compra...

    Se tendría que analizar todo a detalle, asesorate de un abogado de tu localidad.

     

    Saludos.



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