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SUELDOS CAIDOS
- Consulta : 257590
- Autor : susaenz_NR
- Publicado : Miércoles 25 de Febrero de 2015 16:45 desde la IP: 189.220.114.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 25 de Febrero de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375228
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Febrero de 2015 17:24 2015-02-25 17:24 desde IP: 187.176.101.171
Si se reclaman en la demanda y el laudo es favorable al trabajador: si.
Hasta por 12 meses, y si en eselapso de tiempo no se ha concluido el juicio, y si dictado el laudo, el patrópn no ha dado cumplimiento al mismo, a partir del año, se paga en lugar de los salarios caídos, un interés mensual del 2% sobre la cantidad equivalente a 15 meses de salario, intereses que son capitalizables.
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