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AMPARO DIRECTO NO CONTESTADO REPERCUTE EN SENTENCIA DEFINITIVA?

  • Consulta : 257329
  • Autor : abelvero_NR
  • Publicado : Lunes 23 de Febrero de 2015 17:43 desde la IP: 200.34.165.104
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • abelvero_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buen dia, les comento mi caso en el D.F. actualmente tengo pension alimenticia del 60%

    Al expediente 530/2011 de la pensión del 20% de mi hijo de 15 años, ya he movido nada desde que dicto sentencia la sala 3 de lo familiar el 06-05-13
     
    Al expediente 1112/1999 de la pensión del 40% de mi ex y mis 2 hijas, se ha determinado lo siguiente:
                               El juez dicto sentencia interlocutoria el 30-10-14 en el que se determina la cancelación de pensión alimenticia del 40% porque mis hijas procrearon hijos
                     Mi ex conyuge apela la sentencia y la sala 2 de lo familiar  que llevo el caso dicta sentencia definitiva el 27-01-15 quitando la pensión a mi ex y a mi hija mayor pero dejando la pensión a mi hija menor (porque no estaba solicitado en el juicio de reducción de pensión alimenticia), por lo que divide la pensión entre 3, quedando un porcentaje del 13.3% 
                      Mi ex conyuge se ampara contra esa decisión que es admitida el 18-02-15 por el juzgado Quinto del D.F civil, por lo que esta en proceso, pero actualmente no cuento con abogado, que tendria que hacer respecto a lo siguiente:
     
    RESPECTO AL AMPARO
    1. ¿Cuanto serian los honorarios profesionales que tendría que pagar por el seguimiento al amparo?
    2. ¿Se puede solicitar que los gastos y costas que se originen del amparo lo pague mi ex?
    3. ¿Que pasa si no doy contestación al amparo? si consideramos que hay una sentencia interlocutoria y una definitiva, aun asi tengo que presentar algun escrito?
    4.-¿Cuantos días tengo para contestar? 
     
    NUEVOS JUICIOS
    1.- Ya que la sala de lo familiar dicto sentencia de que mi hija mayor no tenia derecho a pensión por procrear un hijo y es mayor de edad, ¿se podría iniciar un nuevo juicio de incidente de cancelación de pensión alimenticia de mi hija menor (que ya tienen 18 años y procreo un hijo) con los mismos términos con lo que resolvieron los magistrados de la sala aun cuando este en proceso el amparo? 
    2. Se puede crear un juicio que derive de la sentencia de la sala que señalo que mi ex no tenia derecho a pensión porque trabaja y redujo en un 13.3% la pensión (se oculto esa información para recibir un beneficio económico), para efectos de que sea devolutivo los pagos de pensión en exceso efectuados? 
    3.- Se puede reabrir un nuevo juicio del expediente 530/2011 señalando que la pensión del 20% es excesiva porque no es equitativa con lo que se le daba a cada una de mis hijas del 13.3% de acuerdo a la sentencia definitiva de la sala 2 de lo familiar? ¿porque a un hijo mas que a otros?
    4. ¿Cuanto serian sus honorarios profesionales que tendría que pagar por estos nuevos juicios?
     
    Gracias por su asesoria.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 375155

  • mopjl
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Todo tiene solución, y pronta, puede ser incluso antes de que se dicte sentencia en el juicio de amparo, es necesario una entrevista personal para resolver todos los cuestionamientos que formula, para que por este medio no nos prestemos a confusiones, sobre todo dada la premura que el caso amerita.

    Atentamente Lic. José Luis Montes de Oca. Cel 5550759629



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