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NECROFILIA

  • Consulta : 256168
  • Autor : adryeia25_NR
  • Publicado : Jueves 12 de Febrero de 2015 12:17 desde la IP: 187.142.101.114
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,088
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  • Autor
    Consulta

  • adryeia25_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Una mujer casada de 28 años de edad, sufre un accidente automovilístico en el que lamentablemente, pasa a un estado de muerte cerebral.Estuvo en el hospital algunas semanas mientras se buscaba la autorización para la posible donación de órganos, cuando un camillero se entero de su estado. Este último tenía una parafilia hacia los muertos, por lo que sin pensarlo el camillero se introdujo en la joven mujer,dejándola embarazada. Se procedió a un juicio, en el que se declaro inocente al camillero, por haberlo acusado de violación cuando su delito era una falta de dignidad para los muertos.

    La pregunta es, ¿A quién se le atribuye la paternidad? ¿Se presume hijo del matrimonio? En este caso se que el matrimonio se extingue en caso de muerte, y según la Ley General de Salud, se declara que la muerte cerebral conlleva el fallecimiento; por lo que no fue concebido dentro del matrimonio. El camillero ¿Tiene el derecho de atribuirse la paternidad? Por que biológicamente si lo es, pero ¿Acaso no se declararía en estado de interdicción por su extraña parafilia? O ¿Se atribuye a los abuelos maternos la patria potestad?

     

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