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DIVORCIO NECESARIO
- Consulta : 251515
- Autor : c_elizondot88_NR
- Publicado : Martes 30 de Diciembre de 2014 12:29 desde la IP: 189.173.98.245
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 30 de Diciembre de 2014
Estado de Referencia: Sonora
Que significa y q procede después de esto... Se acusa de rebeldía, se procede hacer efectivo apercibimiento, se ordenan notificaciones en estrados, se abre dilación probatoria y se levanta cómo,.. En un divorcio necesario con providencia cautelar??? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 372279
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Diciembre de 2014 12:55 2014-12-30 12:55 desde IP: 201.138.28.204
Mmm, cuando se emplaza al demandado le otorgan 8 dias para contestar APERCIBIDO de que si no lo haciere se le acusara la rebeldia. Asi pasa dicho termino se presenta el escrito de que no contesto y el Acuerdo dice todo eso que se hace efectivo apercibimiento por consiguiente al no contestar y por lo tanto no existir domicilio procesal se ordena notificarlo posteriormente ahi en juzgados en la Lista. Y se abre el periodo de ofrecimiento de pruebas. Ya lo ultimo no se a que se refiera existen varias providencias cautelares por Ej. Si usted sr. X demanda.a la señora z con providencia c. Digamos ARRAIGO para que no se vaya con sus hijos a otro estado. saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 372280
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Diciembre de 2014 13:11 2014-12-30 13:11 desde IP: 187.175.70.100
Estimado consultante:
Significa que el término que se le concedio al demandado para contestar demanda y oponer defensas y excepciones ha transcurrido, sin que haya hecho uso de ese derecho. Asimismo, al no haber contestado la demanda, no señalo domicilio para recibir notificaciones, por lo tanto, se le notifcará por estrados, y por ultimo, ordena el juez que se abra la fase de ofrecimiento y desahogo de pruebas (dilación probatoria).Saludos cordiales.
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