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RESPONSABILIDADES DE UN NOTARIO PUBLICO...
- Consulta : 250984
- Autor : tec_esoj_NR
- Publicado : Viernes 19 de Diciembre de 2014 17:48 desde la IP: 189.168.95.73
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 19 de Diciembre de 2014
Estado de Referencia: Michoacán
Antecedentes:
1.- En el 2009 formalice ante notario publico una escritura privada de un predio con el apoderado del dueño del inmueble.
2.-En la misma escritura de compraventa el notario publico anota en la clausula cuerta lo siguiente:
“Los contratantes me exhiben Certificado de Libertad de Gravamen expedido con fecha veinticinco de Marzo del años dos mil nueve. Por la dirección del Registro Público de la Propiedad Raíz en el estado, en el cual se aprecia que el Inmueble motivo de la presente operación se encuentra libre de Gravamen”
3.-El mismo notario formalizó el contrato de compraventa y realizó el registro correspondiente de la escritura en el registro publico de la propiedad el 02 de febrero del 2010
4.- Seis años después (en el 2014) al pretender vender la propiedad a un tercero, el tercero solicita ante el registro publico de la propiedad un certificado de libertad de gravamen y arroja que la propiedad se encontraba hipotecada desde el 13 de noviembre del 2006, cuatro años antes de haberse realizado contrato de compraventa en el que el notario indicó en la clausula cuarta que la propiedad estaba libre de gravamen.
A quien se tiene que demandar respecto al fraude de compravente formalizado ante notario con la escritura privada realizada en el año 2009? al notario publico por haber indicado en la clausula cuarta que se le exhibió un certificado de libertad de gravamen limpio, al vendedor de la propiedad o a ambos por posible asociación delictiva?.
Saludos y agradezco su apoyo al respecto.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 371795
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Diciembre de 2014 12:01 2014-12-20 12:01 desde IP: 187.202.228.59
Necesito a Primus Tribunus aqui
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