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TENGO DERECHO A LIQUIDACIóN SI NO FIRMé CONTRATO?
- Consulta : 250785
- Autor : kaleewi.rocks_NR
- Publicado : Miércoles 17 de Diciembre de 2014 10:20 desde la IP: 201.173.175.63
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 17 de Diciembre de 2014
Estado de Referencia: Nuevo León
|Hola, gracias de antemano por darse el tiempo de leer esta consulta. Me explico:
Llevo casi seis meses laborando en una empresa pequeña, y me avisan que dentro de un par de semanas cerrarán la sucursal de la que estoy a cargo, y por ende quedaré despedido. Quiero suponer que se trata de un despido injustificado, pero agradecería me confirmaran o corrigieran esto.
No firmé contrato con mi patrón y la contratación fue por tiempo indefinido, el pago fue siempre en efectivo y no firmé recibos ni nada por el estilo; vamos, no tengo evidencia física (a mi parecer) de haber trabajado para esta persona. Me dice que "claro que me dará algo" refiriéndose al pago de liquidación, pero obviamente conozco a mi patrón y presiento que no está pensando precisamente en pagarme el monto real que me corresponde por ley. No tengo ninguna prestación, no me dio de alta en el seguro social en el lapso que llevo trabajando para él, y entiendo que se ahorró algo al no dar las aportaciones correspondientes.
Mis dudas son: al momento del despido, ¿tengo manera de reclamar mi liquidación como la ley decreta que me toca? No sé cuánto tiempo es el mínimo para tener derecho a los tres meses de salario que decreta el artículo 50 de la LFT y, siendo que no firmé contrato ni tengo un documento donde se especifique mi fecha de inicio y viéndome en la necesidad de acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje, ¿me pondrá en desventaja el no haber firmado un contrato ni tener recibos donde se especifique mi sueldo percibido? ¿cómo puedo actuar ante mi patrón al momento de que me ofrezca una cantidad que obviamente no me corresponde?
Quisiera que me respondieran si necesito un abogado al llevar mi caso a la Junta de Conciliación y Arbitraje o si este organismo "me representa ante mi patrón", como leí por ahí. Y como última pregunta: considerando las condiciones de mi situación, ¿qué tantas posibilidades tengo de ganar el caso?
Les agradezco que se hayan tomado el tiempo de leer hasta aquí y agradecería bastante sus respuestas. Saludos.|
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 371598
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Diciembre de 2014 10:32 2014-12-17 10:32 desde IP: 189.211.135.22
Si, si necesita de un abogado especialia en Derecho Laboral para que, en caso de que sea despedido injustificadamente, presente la demanda y lo asista y asesore durante el juicio.
Sin embargo, dadas las circunstancias en las que usted menciona prestó su servicio, en el que el contrato de trabajo fueverbal, no cuenta con comprobantes de pago de nómina ni ninguna otra evidencia que demuestre que usted trabajaba en esa empresa, si el patrón, al contestar la demanda niega la existencia de la relación laboral y usted no la acredita, entonces seguramente perderá el juicio.
Consecuentemente, en el plazo que usted dice todavía continuará laborando, procure hacerse de algún medio de prueba que le permita demostrar, en un momento dado, que usted trabaja en la empresa, como puede ser, por poner algún ejemplo, copias fotostáticas de documentos expedidos al establecimiento en que conste que usted recibió alguna mercancía o producto, o bien, que usted los haya expedido a algún cliente y que los haya elaborado de su puño y letra.
En caso que no cuenta con los recursos para pagar a un abogado, acuda entonces a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le brindarán el apoyo de un abogado de oficio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 371609
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Diciembre de 2014 12:08 2014-12-17 12:08 desde IP: 201.173.175.63
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Autor
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AutorRespuesta No: 371625
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Diciembre de 2014 16:15 2014-12-17 16:15 desde IP: 189.211.135.22
Puede acreditgar la existencia de la relación laboral con cualquiera de las pruebas permitidas por el Código Laboral, entre las cuales, evidentemente, se encuentra la testimonial, la documentao pública o privada, la inspección judicial, la pericial e, inclusive, los medios aportados por los descubirmientos de la ciencia.
El abogado que contrate, una vez que le proporcione información detallada, estará en aptitud de determinar qué pruebas podrán ofrecerse en caso que el patrón llegara a negar la existencia de la relación laboral.
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Autor
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AutorRespuesta No: 371632
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Diciembre de 2014 20:12 2014-12-17 20:12 desde IP: 201.173.175.63
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