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¿PROCEDE JUICIO DE PRESCRIPCION POSITIVA?
- Consulta : 250245
- Autor : mireya_gastelum_NR
- Publicado : Miércoles 10 de Diciembre de 2014 09:14 desde la IP: 187.131.6.101
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,229
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 10 de Diciembre de 2014
Estado de Referencia: Sonora
Buen dia.hace mas de 12 años que habito una casa en la que entre como arrendataria,pero sin contrato.Es una vivienda con credito de infonavit y el titular es el esposo de la sra. que me rento.cuando yo la habito,ya se tenia una deuda con infonavit y me notificaron que desalojara la vivienda.Entonces quedamos con la esposa de poner la cuenta al corriente y le otorgamos una cantidad de dinero a la misma en forma de traspaso,solo que nunca se hizo de manera formal,solo me firmo unas cartas hechas a mano,quedando pendiente la firma de su esposo ya que este se encontraba recluido en un centro penitenciario fuera del estado.paso el tiempo y nunca se formalizo nada y a la fecha se siguen haciendo los pagos a infonavit a nombre del titular.Ahora viene esta persona y me informa que le desocupe la casa que le pertenece.Me siento desamparada pues no tengo nada legal que me ampare,me pueden ayudar por favor.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 371248
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Diciembre de 2014 09:56 2014-12-10 09:56 desde IP: 189.211.135.22
No, no procede la prescripción positiva, pues usted siempre ha tenido la posesión en calidad de arrendataria, y el propietario del inmueble, en momento alguno ha celebrado con usted un contrato traslativo de dominio en virtud del cual usted hubiera adquirido la propiedad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 371251
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Diciembre de 2014 11:28 2014-12-10 11:28 desde IP: 187.148.161.153
si ella la rrendadora le firmo unos papeles como traspaso cediendo sus derechos y usted acepto la cesion o el traspaso reaizado en su favor hubo una novacion en las condiciones originarias en las que entro en en posecion pues se vuelve beneficiaria de los derechos de propioedad que tiene ella sobre el inmueble lo que le queda hacer a usted es realizar una demanda como medios preparatorios de juicio a fin de ue reconozca el traspaso que le hizo en su favor respecto a la parte que a ella le traspaso maxime que fue escrito con su propio puño y letra que creo que le seria muy favorable exitosamente ahora bien respecto al esposo de ella es tambien solicitar bajo medios preparatorios de juicio si el estuvo de acuerdo y parte de ese dinero del traspaso se beneficio y estuvo de acuerdo conb el traspaso hagalo valer eso cuanto antes tiene muchas probabilidades de sacarlo adelante bien cuando realice los medios preparatorios de juicio dentro de ellas presente esos documentos que ella le firmo y bao una prueba confesional hagalos que los reconoza como de su propio puño y letra y que lo hizo con motivo del traspaso de derechos realizado en su favor una vez acreditado ese hecho si podra realizar la prescripcion pòsitiva adquisitiva o usucapion en su favor si han transcurrido los 5 años tiempo exigido por la ley para usucapir sobre el inmueble no la puede sacar haga valer ese derecho cuanto antes y si a demanda pues hagalo saber que su posecion es como propietaria de la propiedad le deceo suerte o reconvengala
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Autor
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AutorRespuesta No: 371252
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Diciembre de 2014 11:34 2014-12-10 11:34 desde IP: 189.211.135.22
Licenciado Benítez, con el debido respeto, la consultante expresamente dice que la esposa del propietario le firmó unas cartas hechas a mano en donde la arrendataria le entregó cierta cantidad de dinero en forma de traspaso; sin embargo, dichos documentos no están firmados por el propietario del inmueble y, por tanto, para todos los efectos legales, sigue teniendo el carácter de arrendataria, por lo tanto, no puede prescribir a su favor, ya que nunca ha tenido el carácter de propietario y, consecuentemente, dicha posesión no es a título de dueño.
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Autor
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AutorRespuesta No: 371254
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Diciembre de 2014 11:44 2014-12-10 11:44 desde IP: 189.163.95.4
Total acuerdo con el Lic. Raulcadena... la firma que tiene la cuestionante es de la sedicente esposa del propietario. Lo mismo da que fuere la firma de Peña Nieto cediendole los derechos de ese departamento... Si Peña, la señora o quien sea NO SON LOS PROPIETARIOS .... sus firmas en esos papeles los vuelven irrelevantes.
Ahora bien... si la cuestioante comienza las diligencias de informacion testimonial ad perpetuam sobre prescripcion positiva señalando que a titulo gratuito se le permitió vivir desde el año 1990 (Por ejemplo) hasta esta fecha ... la usucapion se vuelve prosperante. Estimo que SI PROCEDE pero siempre y cuando en la demanda no se señale que tenía el tutulo de arrendataria
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 371257
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Diciembre de 2014 13:05 2014-12-10 13:05 desde IP: 189.211.135.22
Licenciado Ulloa, con el debido respeto, si la consultante, como usted sugiere, al entablar su demanda menciona que se le permitió vivir en el inmueble a título gratuito, entonces, en lugar de tener el carácter de arrendataria lo tendra de comodatario y, consecuentemente, tampoco podrá prescribir, pues el comodato también es una posesión precaria y no a título de dueño.
El únco documento que podría servirle para prescribir, sería uno traslativo de dominio (compraventa, donación, permuta, etcétera), aún cuando se tratara de un documento privado, y además, que dicho documento sea firmado por el propietario, no por la cónyuge.
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