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BENEFICIOS PARA REOS
- Consulta : 249250
- Autor : Emmanuel Loredo
- Publicado : Jueves 27 de Noviembre de 2014 17:15 desde la IP: 177.233.126.253
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 27 de Noviembre de 2014
Saludos y muy buenas tardes.
Disculpen, pero tengo una duda y quisiera saber si podrian ayudarme:
¿Quisiera saber si existe la manera de poder aplicar un beneficio para reo por DELITOS CONTRA LA SALUD, en especifico NARCOMENUDEO, SUBTIPO DE POSESION DE MARIHUANA, CON FINES DE COMERCIO Y VENTA, CON GRADOS MINIMOS?.
He checado La ley de Medidas para el estado de San Luis Potosi y dice que no se puede por ser uno de los que versa el articulo 167 de Codigo Nacional, pero veia que aqui hacian referenci a que si se podia, no se si alguien pudiera ayudarme con ello, y puediera pasarme el dato con el fundamento juridico para poder hacer valida este beneficio.
De antemano muchas gracias y espero su participacion para acresentar mi conocimiento en cuanto a el tema al que me refiero.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 370728
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Noviembre de 2014 19:14 2014-11-27 19:14 desde IP: 187.201.240.132
CONSULTANTE Emmanuel Loredo,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, los BENEFICIOS QUE PUEDEN OTORGAR ESTOS JUECES DE EJECICIÓN DE SANCIONES PENALES A LOS SENTENCIADOS, SON LOS SIGUIENTES:
“CAPÍTULO TERCERO
BENEFICIOS PENITENCIARIOS
ARTÍCULO 29. BENEFICIOS. Son beneficios Penitenciarios los siguientes:
I. Reclusión Domiciliaria mediante monitoreo electrónico a distancia;
II. Tratamiento Preliberacional;
III. Libertad Preparatoria; y,
IV. Remisión Parcial de la Pena.”
Tendría que estudiarse el caso particular de su familiar por un ABOGADO PENALISTA, para que le pudieraDICTAMINAR CON TODA PRECISIÓN SI A SU FAMILIAR SE LE PUEDE CONCEDER ALGUNO DE ESTOS BENEFICIOS, EN EJECUCIÓN DE SU SENTENCIA PENAL, entiende; saludos y suerte en su asunto.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. MAURICIO MARTÍNEZ ZAMUDIO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . m o r a l e s y c i a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 370742
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Noviembre de 2014 21:55 2014-11-27 21:55 desde IP: 177.233.126.253
Gracias, y si esos son los Beneficios que conosco, y deecho preguntaba por la parte de quienes no tienen ese beneficio, pues dice, que no seran beneficiados los que hayan cometido los delitos del que Versan en el Art. 167 del Codigo Nacional.
LO QUE YO ME PREGUNTO ES ¿Si existe una manera de poder acceder a este Benificio, siendo que aunque es un Delito Contra la Salud, es en un grado minimo su pena?
y muchas gracias Lic. Mauricio Martinez.
y ojala mas Lic´s. puedan aportar a mi incertidumbre...
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