Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

BENEFICIOS PARA REOS

  • Consulta : 249250
  • Autor : Emmanuel Loredo
  • Publicado : Jueves 27 de Noviembre de 2014 17:15 desde la IP: 177.233.126.253
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Emmanuel Loredo
    ESTUDIANTE

    Saludos y muy buenas tardes. 

    Disculpen, pero tengo una duda y quisiera saber si podrian ayudarme:

    ¿Quisiera saber si existe la manera de poder aplicar un beneficio para reo por DELITOS CONTRA LA SALUD, en especifico NARCOMENUDEO, SUBTIPO DE POSESION DE MARIHUANA, CON FINES DE COMERCIO Y VENTA, CON GRADOS MINIMOS?.  

    He checado La ley de Medidas para el estado de San Luis Potosi y dice que no se puede por ser uno de los que versa el articulo 167 de Codigo Nacional, pero veia que aqui hacian referenci a que si se podia, no se si alguien pudiera ayudarme con ello, y puediera pasarme el dato con el fundamento juridico para poder hacer valida este beneficio. 

    De antemano muchas gracias y espero su participacion para acresentar mi conocimiento en cuanto a el tema al que me refiero.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 370728

  • MAURICIOLEX
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE Emmanuel Loredo,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, los BENEFICIOS QUE PUEDEN OTORGAR ESTOS JUECES DE EJECICIÓN DE SANCIONES PENALES A LOS SENTENCIADOS, SON LOS SIGUIENTES:

     

    “CAPÍTULO TERCERO

    BENEFICIOS PENITENCIARIOS

    ARTÍCULO 29. BENEFICIOS. Son beneficios Penitenciarios los siguientes:

    I. Reclusión Domiciliaria mediante monitoreo electrónico a distancia;

    II. Tratamiento Preliberacional;

    III. Libertad Preparatoria; y,

    IV. Remisión Parcial de la Pena.”

     

    Tendría que estudiarse el caso particular de su familiar por un ABOGADO PENALISTA, para que le pudieraDICTAMINAR CON TODA PRECISIÓN SI A SU FAMILIAR SE LE PUEDE CONCEDER ALGUNO DE ESTOS BENEFICIOS, EN EJECUCIÓN DE SU SENTENCIA PENAL, entiende; saludos y suerte en su asunto.

     

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. MAURICIO MARTÍNEZ ZAMUDIO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063      

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m o r a l e s y c i a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a  g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



  • Autor
    Respuesta No: 370742

  • Emmanuel Loredo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Gracias, y si esos son los Beneficios que conosco, y deecho preguntaba por la parte de quienes no tienen ese beneficio, pues dice, que no seran beneficiados los que hayan cometido los delitos del que Versan en el Art. 167 del Codigo Nacional. 

    LO QUE YO ME PREGUNTO ES ¿Si existe una manera de poder acceder a este Benificio, siendo que aunque es un Delito Contra la Salud, es en un grado minimo su pena?

    y muchas gracias Lic. Mauricio Martinez.

    y ojala mas Lic´s. puedan aportar a mi incertidumbre... 



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión