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DEMANDA X ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO Y DERECHOS DEL TRABAJADOR
- Consulta : 248890
- Autor : mimosito.zrr_NR
- Publicado : Lunes 24 de Noviembre de 2014 14:16 desde la IP: 189.217.65.103
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 24 de Noviembre de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes: mi problema es q mi esposa trabaja en un restoran y la an acodado sexualmente y a sus compañeras ademas no tiene contrato ni le dan seguro ya yevaba 3 años laborando ayi y tubo enfermedades y leciones en el trabajo pero el jerente la a ignorado y aprobechandose de la nesecidad aae q doble turnos constantemente a doblado asta quince dias y en su periodo vacacional y a la hora de pagar le pagan en abonos o le dan dias q le dan a escojer pero no qulos q eya pide aver si algun ex perto en el ramo me pudiera asesorar lo malo q eya no quiere salirse de ayi x q piensa q en otro lugar no sabe como trabajar y niega lo arriba mencionado para q no tome cartas en el asunto nesesito saber que aser gracias de ante mano -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 370451
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Noviembre de 2014 14:45 2014-11-24 14:45 desde IP: 159.16.237.30
Buenas tardes señor, desafortunadamente aqui quien tiene accion para reclamar es solo ella, tanto en el caso del acoso sexual por la via penal a traves del Ministerio Publico como en la via laboral a traves de la Junta de Conciliacion y Arbitraje asistida y representada por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en caso de no contar con recursos para pagar a un abogado especialista en materia laboral, ya que ahi le asisten y representan gratuitamente en su demanda. Pero en este caso, aunque de su texto se desprende que existen serias violaciones a la Ley Federal del Trabajo por parte del patrón, es sólo su esposa quien puede demandarlo e incluso para que se le indemnice conforme a la ley, ya que esas arbitrariedades se pueden equiparar a un despido injustificao y en su caso se le pagarian 3 meses de inmdenizacion, parte proporcional de prima de antiguedad equivalente al pago de 12 dias de salario elevado al doble del minimo por cada año laborado, parte proporcional de aguinaldo, de vacaciones y de prima vacacional, y demas prestaciones que tenga aunque no le hayan sido pagadas, las cuales podrá reclamar por todo el ultimo año laborado y los días laborados que un le deban, tambien podrá demandar a la par al IMSS por la falta de registro. Pero en este caso, se entiende que ya no laboraría en ese lugar. Y es solo ella quien puede demandar y si no quiere nadie mas por ella lo puede hacer.
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