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AYUDA CON CáLCULO DE FINIQUITO

  • Consulta : 244365
  • Autor : Agegh
  • Publicado : Miércoles 08 de Octubre de 2014 16:21 desde la IP: 187.150.67.232
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,221
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  • Autor
    Consulta

  • Agegh
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes, la empresa en la que he estado trabajando esta pasando un mal momento y se rumora se declarará en quiebra, ahora bien antes de eso despediran a una parte de los trabajadores, la forma en la que la empresa paga es solo otorgando un finiquito que incluye aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, días pendientes de pago y en algunas ocasiones la prima de antigüedad, argumentando que los contratos son por obra determinada y que existe la posibilidad de que busquemos trabajo en alguna otra empresa del grupo donde haya obras activas. Ahora bien mi pregunta es, ¿Qué me corresponde por ley de acuerdo a la situación de la empresa, así como los porcentajes de cada concepto? Más que nada para tener una idea de lo que la empresa debe otorgarme por el tiempo laborado,

     

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  • Autor
    Respuesta No: 367430

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la empresa, bajo el argumento que usted manifiedsta, lo despide, INMEDIATAMENTE y sin firmarles ningún documento, ni recibo finiquito, liquidación, renuncia o cualquiera que le pidan que lo haga, asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, quien por principio de cuenta, deberá estudiar y analizar si el contrato por obra determinada al que se encuentra sujeta la relación laboral, cumple o no con los requisitos exigidos por la Ley Federal del Trabajo para justificar su temporalidad y, en todo caso, para que reclame de cualquier forma el pago de la indemnización constitucional y demás prestaciones que le corresponden; a partir del despido, sólo tiene 2 meses para que se presente la demanda (no para que consulte abogado).



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