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SR.

  • Consulta : 243100
  • Autor : marcogal
  • Publicado : Viernes 26 de Septiembre de 2014 16:54 desde la IP: 187.207.218.84
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,067
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  • Autor
    Consulta

  • marcogal
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tarde:

          Acabo de comprar una propiedad, el anterior dueño ya fallecio y tenia un billar en esta propiedad. El recibo de la luz esta a su nombre, el cual tiene una deuda de $80,000. Mis preguntas son:

    1.- La deuda pasa a mi aunque no este a mi nombre? O pasa a la familia de él?

    2.- Si no pago me pueden ambargar o meterme a la carcel?

    3.- Puedo obtener un amparo y donde?

     

          La propiedad tiene otros locales comerciales que los rento y tienen su propio medidor y no tengo problema con que no tenga energía en esta linea. Gracias por sus atenciones y hasta pronto.

     

    Atentamente

     

    Marco Antonio Galeana Romero

     

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  • Autor
    Respuesta No: 366538

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... Si 2.... No 3..... Aunque te ampares... Eres el dueño de la cosa... Las deudas de la cosa... Son tuyas... Quieras o no... Cuando adquieres algo... Lo recibes con su frutos ... Con sus deudas.... Y te vuelves obligado a las mismas....



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