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INCAPACIDAD POR ACCIDENTE DE TRABAJO
- Consulta : 242751
- Autor : Leído
- Publicado : Martes 23 de Septiembre de 2014 18:30 desde la IP: 189.214.119.208
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 23 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366292
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Septiembre de 2014 19:08 2014-09-23 19:08 desde IP: 189.211.135.22
Si.
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AutorRespuesta No: 366314
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Septiembre de 2014 20:29 2014-09-23 20:29 desde IP: 189.214.119.208
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Autor
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AutorRespuesta No: 366323
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Septiembre de 2014 21:04 2014-09-23 21:04 desde IP: 189.211.135.22Entre otros preceptos de la Ley Federal del Trabajo, los artículos 484, 487 y 491, que para su mejor entendimiento me permito transcribir.Artículo 484.- Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este Título, se tomará como baseel salario diario que perciba el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondanal empleo que desempeñaba, hasta que se determine el grado de la incapacidad, el de la fecha en quese produzca la muerte o el que percibía al momento de su separación de la empresa.Artículo 487.- Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a:...VI. La indemnización fijada en el presente Título.Artículo 491.- Si el riesgo produce al trabajador una incapacidad temporal, la indemnización consistirá en el pago íntegro del salario que deje de percibir mientras subsista la imposibilidad de trabajar. Este pago se hará desde el primer día de la incapacidad.En caso que se niegue, usted podrá acudir ante el Instituto Mexicano delSeguro Social y acreditar el salario que realmente devwenga, y entonces el subsidio por la incapacidad se lo pagarán con éste y no con elque lo tiene inscrito elpatrón, a quien el Seguro Social le fincará los capitales constitutivos, multas, recargos y actualizaciones; adicionalmente, usted podrá ejercitar las acciones legales que correspondan para el pago íntegro de su salario ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda.
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