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ASESORIA EN CUANTO A LA CANTIDAD DEL FINIQUITO QUE ME CORRESPONDE.
- Consulta : 242749
- Autor : ibardlt_NR
- Publicado : Martes 23 de Septiembre de 2014 18:28 desde la IP: 189.237.109.110
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 23 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Tamaulipas
mi nombre es miguel:
recursos humanos, de la maquiladora de donde soy trabajador( jabil global servises) en reynosa tamaulipas, me hablo a mi casa y me dijo que me presentara a firmar el finiquito. Ahora te explicare mi situacion;
Yo tube un accidente automovilistico el 31-05-2009 en el cual tube una lesion del plexo braquial derecho, la cual me ocaciona la inposibilidad de mover mi extremidad superior derecho.
El imss despues de un año de incapacidades opto por pencionarme parcial o temporalmente por 2 años, se termino esa y me otorgaron otra de nueva cuenta de 2 años, el 14 de marzo de este año se termino, y decidieron pencionarme definitivamente. Me llega el dictamen y la resolucion de invalidez permanente osea pencionado de por vida,,, yo voy la empresa y doy aviso y le sacan una copia a la resolucion.
Despues de varios dias me hablan y hoy me comunico con ellos y me piden que valla a firmar el finiquito que ya estaba el cheque, les pregunte que de cuanto era el cheque y me respondio que no tenia acceso a esa informacio, y solo me dijo que devia de ser lo que me correspondia por ley. Entonses como ignoro tantas cosas de la ley, quiero saber si me pueden ayudar a saber como de cuanto seria el monto?, para llebar una base, no valla a ser que la maquila quiera abusar de mi.
Si necesitas mas informacion solo enviame tus preguntas y yo te las respondo,,,
Por tu tiempo y tu ayuda muchas gracias y estoy para servirte ,
ATTE: MIGUEL DE LEON
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366293
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Septiembre de 2014 19:11 2014-09-23 19:11 desde IP: 189.211.135.22
Si su incapacidad es permanente parcial (lo que es de suponerse, dado que solamente está impedido del brazo derecho), el patrón está obligado a reincorporarlo al trabajo en un puesto en el que pueda desempeñar una actividad laboral, y si no lo hace, entonces lo está despidiendo injustificadamente.
No firme ningún documento; acuda inmediatamente a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le darán asistencia legal gratuita y le asignarán a un abogado de oficio para que demande al patrón por su reinstalación,.
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