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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ¿SOLIDARIO?
- Consulta : 239773
- Autor : PSMAR
- Publicado : Martes 26 de Agosto de 2014 12:49 desde la IP: 200.52.129.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,066
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Agosto de 2014
Buenas tardes, tengo duda respecto a los términos para elaborar un contrato de arrendamiento. Se está rentando una parte del inmueble a una persona moral, sin embargo dado el giro de su negocio en alimentos, quiere integrar a una persona física para que pague el 50% de la renta (el negocio viene siendo familiar en donde está la persona moral con determinados productos y la persona física con algo similar) . Ambos tienen su documentación fiscal en regla y por supuesto requieren de sus facturas cada uno. Mi duda en concreto es saber si se deben hacer dos contratos independientes y en qué términos para que cumplan todas las obligaciones como arrendadatarios ó se debe hacer un sólo contrato, no sé si exista algo tipo mancomunado o solidario.
Agradezco sus comentarios.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 363868
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 13:03 2014-08-26 13:03 desde IP: 189.234.166.90
son dos contratos... acude a una notaria publica... para que hagan ese contrato y de ser necesario... lo inscriban en el registro publico y puedas hacer juicios de arrendamiento en su caso... sin problemas...
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Autor
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AutorRespuesta No: 363884
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 13:31 2014-08-26 13:31 desde IP: 201.141.82.59
Asi como lo plantea usted NO es nada practico realizar dos contratos de arrendamiento por el mismo inmueble a menos que se puedan delimitar los metros cuadrados que cada arrendatario va a ocupar y por lo menos anexar a los contratos de arrendamiento un croquis de la superficie a ocupar, acuda con abogado de su confianza para que le asista en la redacción NO intente hacerlo usted solo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 363893
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 13:48 2014-08-26 13:48 desde IP: 189.234.166.90
saludos abomau... por eso le digo que lo debe hacer un notario... quien les pedirá todos esos datos y delimitaciones y les dirá si existe la necesidad de inscribir por ser una una persona moral... ya en el entendido del termino mayor a tres años o no menor de seis... por su orden comercial... y para que surta los efectos legales... y que delimite la personalidad....capacidad y legitimación. de la persona física.... y para que los intereses de los contratos... no se contradigan... ocupen un espacio físico en conflicto y den mas problemas para su cumplimiento que otra cosa...
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Autor
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AutorRespuesta No: 363895
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 13:51 2014-08-26 13:51 desde IP: 201.141.82.59
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 364360
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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Agosto de 2014 10:58 2014-08-29 10:58 desde IP: 200.52.129.161
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