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CONSULTANDO
- Consulta : 237929
- Autor : OSCAR FRAGOSO
- Publicado : Domingo 03 de Agosto de 2014 11:24 desde la IP: 189.191.160.185
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 03 de Agosto de 2014
Buenos dias, la pregunta q tengo es si no se ratifica la detención en audiencia de control, y se decreta libertad bajo reservas, esto es una no vinculación a proceso para poder aplicar el artículo 294 del CPPEM, o no, ya q también el código dice q el mp debe solicitar la vinculación en la audiencia de control en una supuesta flagrancia
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 362312
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Agosto de 2014 10:44 2014-08-04 10:44 desde IP: 201.141.181.150
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AutorRespuesta No: 362313
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Agosto de 2014 11:16 2014-08-04 11:16 desde IP: 187.174.203.162
Sólo se debe formular la imación cuando el Juez ratifica la detención, lo que tiene que hacer el MP es solicitar al Juez que cite al probable responsable a que asista a la audiencia de formulación de imación (si no asiste a pesar de haber sido citado, el MP va a solicitar al Juez que gire orden en de aprehensión), ya cuando el MP formule la imación (esto es decirle al imado el delito del cual se le acusa, quien lo acusa y la participación que tuvo en el mismo) el imado tiene que rendir su declaración preparatoria (puede ser en la misma audiencia, o bien, dentro de las 72 o de 144 horas), una vez que el imado rinda su declaración preparatoria, el Juez resuelve su situación jurídica, vinculándolo o no a proceso.
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