Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PROPIETARIO VIVE FUERA DEL PAIS , DESALOJO DE INQUILINO

  • Consulta : 237421
  • Autor : marias_cisneros_NR
  • Publicado : Martes 29 de Julio de 2014 12:47 desde la IP: 74.93.3.145
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • marias_cisneros_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    Hola, tengo una casa en Mazatlan Sinaloa , se le renta a una familia y el ultimo contrato vence en Septiembre del 2014 , yo , la duen'a, vivo fuera del pais es por eso que mi mama recogia las rentas , pero ella ya esta mayor y no quiere hacerlo mas , yo quero desalojar la casa y venderla , mi hermana mayor le pidio al inquilino que para fines de Septiembre desaloje y no se le renovara el contrato , a lo que este respondio que no se saldria porque su hijo esta en una escuela cercana y que lo hara hasta que el termine .....que puedo yo hacer en este caso si no se sale cuando su contrato venza ? varias personas me han dicho que el puediera quedarse con mi casa por vivir fuera yo del pais  , es cierto eso ? ....esta familia ya tiene varios an'os rentando mi casa ....posiblemente 10 y siempre se arreglaban con mi mama , unas veces no se renovaba contrato pero ultimamente se volvio a hacer ....de antemano les agradezco su ayuda .

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 361659

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    marias_cisneros_NR

    Si en el contrato de arrendamiento firma usted como arrendador debe otorgar un poder general para pleitos y cobranzas a su hermana para que legalemnte le represente, generalmente en los contratos de arrendamiento para uso de casa habitación se estila que con (por ejemplo 30 dias) de anticipación al vencimiento del contrato el arrendador debe dar aviso al arrendatario que ya no es su deseo continuar con el arrendamiento y que para ello se le da un plazo (por ejemplo de 30 dias para desocupar) debe otorgar ese poder notarial y asistitrse de abogado de su confianza.

     

    Por cuanto hace a los rumores o mejor dicho chismes de que el inquilino puede quedarse con el inmueble es MENTIRA



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión