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EJECUCION DE SENTENCIA DE UN DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO

  • Consulta : 236797
  • Autor : Rodrigo6
  • Publicado : Miércoles 23 de Julio de 2014 02:10 desde la IP: 201.167.123.238
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,150
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  • Autor
    Consulta

  • Rodrigo6
    USUARIO REGISTRADO

    ESTADO: JALISCO.

    Buen día. Soy pasante de derecho, y hace 2 días acudio una señora para que la ayude con un asunto jurídico. Mi experiencia litigando es poca, por lo que me gustaria que me aconsejaran en este asunto. Bueno el caso es el siguiente: mi cliente se divorcio en el año 2011 por mutuo acuerdo, y debido a que durante su matrimonio procrearon 3 hijos se realizo el convenio que la ley exige en procuración de los menores. En dicho convenio se estipulo que el padre otorgaría la cantidad de 2000 dos mil pesos mensuales, la cual, desde que se decreto el divorcio hasta la actualidad no a aportado ni un peso, incumpliendo con el convenio.

    Ahora bien, tengo entendido que una vez decretado el divorcio por mutuo acuerdo, el convenio tiene la calidad de cosa juzgada por lo que se tiene que pedir dentro del mismo expediente la ejecución de sentencia. 

    ¿Podrian ayudarme con algun escrito de ejecución de sentencia, en el cual pueda basarme?

    ¿se puede pedir los alimentos que no se han dado hasta la fecha?

    Gracias por su ayuda y recomendaciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 360785

  • Venvichi
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Rodrigo6.

    Debes distinguir el divorcio y los derechos alimentarios. El primero se ejecuta con la inscripción en el Registro Civil de la entidad que corresponda, mediante la solicitud que haga el juzgado a petición de parte, es un mero trámite administrativo.

    El cumplimiento al convenio se ejerce en cualquier tiempo mientras exista el o los acreedores alimentarios.

    La determinación judicial que en definitiva fija el monto de los alimentos no causa estado, puede modificarse incidentalmente en cualquier tiempo, acreditando que han variado las condiciones en las cuales fue aprobado, siendo carga procedimental a cargo de los acreedores la acreditación de esa variación.

    No sugiero que utilices "machotes" cada caso es distinto, te sugiero un nuevo estudio de la cuestión procesal, lee el código con detenimiento; si pretendes ser litigante, es una materia fundamental. Sé que lo lograrás. Saludos 



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