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VENTA DE UN INMUEBLE,

  • Consulta : 234743
  • Autor : amalyd1_NR
  • Publicado : Jueves 03 de Julio de 2014 15:06 desde la IP: 187.232.152.105
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,131
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  • Autor
    Consulta

  • amalyd1_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola:

    Me llamo Angélica, Mi papá nos heredo a mi y a mis 2 hermanas una casa habitación la cual puso las escrituras a nombre de mi hermano Rafael para protección de nosotras y también se hizo una carta de compra Venta notariada y esta carta se desaparecio y junto con la carta de compra venta se hizo un poder notarial especial irreboclable para pleitos y cobranzas, para actos de administración y  de Riguroso Dominio, con todas las facultades generales y las especiales que requieran  de clausula especial conforme a la ley  en los terminos y con la amplitud establecidda por los tres parrafos del articulo dos mil quinientos cincuentra y cuatro del codigo civil para el d.f. y de las diversas fracciones del articulo dos mill quinientos ochenta y siete ordenamiento legal. Para  que las propias apoderadas lo ejerciten unica y exclusivamente en todo lo relacionado con la fraccion b de la fusion y subdivicion de la casa. En consecuencia de manera enunciativa, pero no limitativa, las apoderadas antes nombradas quedan facultadas para ejercer actos de dominio sobre el inmueble  y para representar al propio mandante ante toda clase de funcionarios, corporaciones, y personas fisicas y morales, autoridades civiles, penales, judiciales, fiscales y del trabajo, ya sean federales , estatales o municipales, junta de conciliacion y arbitraje  y ante cualquier autoridad administrativa  ese poder notarial  si lo tenemos mis hermanas y yo, y también tengo las escrituras de la casa, con  el nombre de mi hermano. Mi pregunta es si nosotras podemos vender la casa sin necesidad de que este presente mi hermano y otra pregunta es si mi cuñada esposa de mi hermano Rafael como se estan divorciando tiene derecho sobre la propiedad  aunque en el poder notarial se menciona que estan casados por bienes separados.

    Esperando una pronta contestacion gracias.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 358950

  • goasa21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por lo que leo de tu consulta permiteme responder de la siguiente forma desgraciadamente tu papa no les heredo la propiedad ya que la puso a nombre de tu hermano en vida esto es no es HERENCIA , ahora bien no se comprende muy bien tu narracion creo que manifiestas que dejo tu papa un poder notarial respecto a la casa que ya no esta a su nombre? para que ustedes puedan vender la propiedad ocupan un poder de tu hermano con el consentimiento de su esposa cosa que no creo sea posible por la situacion de divorcio...

    otra cuestion para que la propiedad no la pierda tu hermano hay que ver si tu papa que tramite realizo si fue una donacion quedaria fuera de la sociedad conyugal...

    espero que expliques mas detallamente tu consulta para poder responderte de una manera mas clara y precisa..



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