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QUE PASA SI UN COMPRADOR NO INSCRIBE SU CONTRATO DE COMPRA VENTA?

  • Consulta : 231069
  • Autor : rey_rey_rey__NR
  • Publicado : Jueves 29 de Mayo de 2014 21:14 desde la IP: 177.232.35.36
  • Tipo de Usuario :
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    Consulta

  • rey_rey_rey__NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    1.- Estoy un poco confundido soy estudiante de derecho, es el caso que ganamos el juicio sobre el cobro de un pagare, en ejecucion de sentencia embargue una segunda propiedad por que los bienes embargados ya no garantizan el total de la deuda, solo que ahora los habitantes de ese domicilio embargado interpusieron un amparo indirecto exhibiendo un contrato privado de compra-venta pasado ante la fe un notario publico de fecha anterior a la del embargo, el cual no esta inscrito en el registro publico de la propiedad.

    2.- Quiero hacer mencion que cuando embargue esta propiedad exhibí libertad de gravamen y certificado de propiedad vigentes a nombre del demandado.

    3.- En la contestacion al amparo hice ver al juez de distrito:

    I.- que el contrato no esta inscrito en el R.P.P.

    II.- Que los compradores no son parte del juicio de de origen y que su contrato por no estar inscrito en el R.P.P. no debe surtir efecto contra terceros segun el codigo de comercio y legislacion local, que no es oponible.

    III.- Que los supuestos compradores fueron prevenidos por el notario firmaron conformes de llevar a cabo la compraventa sin presentar aviso preventivo y sin tener libetad de gravamen, ademas de deslindar al notario de cualquier reponsabilidad, aceptaron y firmaron tal cual segun obra de forma expresa en el contrato.

    4.- El juez de distrito en su sentencia resuelve a favor de mi contraparte, argumentando que el contrato privado de compra-venta pasado ante la fe un notario publico de fecha anterior a la del embargo si legitima a mi contraparte como compradores, que si demuestran que con fecha cierta compraron el inmueble antes del embargo y que no es juridico continuar con este embargo por que ya salio de la esfera juridica del demandado y que aunque no este inscrito es oponibe a un simple acreedor quirografario que no pudeo ser considerado como tercero para efectos registrales, ademas que sin juzgar la posible preferencia de las partes, viola el 14 constitucional (derecho de audiencia) y ordena dejar insubsistente el embargo.

    5.- Intento elaborar mi escrito de agravios (recurso de revision). Puedo contradecir al juez argumentando con jurisprudencias recientes sobre mi preferencia en cuanto al registro, argumento que un embargante si es conciderado tercero para efectos registrales, y que su resolucion viola la legislacion local, pero en cuanto a que son personas extrañas al juiciode origen, que tienen una afectacion  y que no se les ha dado su derecho de audiencia, pues yo no sabia de su existencia como compradores, como es posible violar sus derechos aun cuando no se le ha dado publicidad en el registro a su acto juridico. Ahora es ahi donde estoy confundio, no se si se les pueda considerar causahabientes del demandado, o como saber si es una simple simulacion o si en verdad ellos tienen la razon y yo no.

    Señore abogados agradezco infinitamente cualquier consejo que me puedan dar.

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 355938

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Te dare un punto de vista el cual muchas veces he puesto en practica y ahi te va...espero lo pesques, muy bien tu embargas a  pedro, y señalas el domicilio que habita como de su propiedad, practican diligencias, sale sentencia etc... pues bien es muy procedente un amparo indirecto, promovido inlcuo por los nuevos compradores, por la sencilla razon de que estan embargando un bien que no esta plenamente acreditado que sea del deudor, pues tu de manera precipítada le diste armas al abogado de tu contraparte al señalar e insistir que ese bien inmueble no estaba inscrito ante el registro publico de la propiedad...y eso nulifica, pues dejarias en estado de indefension al titular de ese inmueble, y por ello deben amparar y proteger....creo que debes reorientar porque con los agravios del recurso de revision, vas a dejar bien parada la resolucion, revisa bien el expediente algo encuentra en la personalidad de los compradores... suerte.

    LIC. ESTRADA email. despachoestrada arroba hottmail

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