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EN MATERIA MERCANTIL, LOS FAMILIARES PUEDEN SER TESTIGOS

  • Consulta : 229035
  • Autor : rosamariacande_NR
  • Publicado : Jueves 08 de Mayo de 2014 10:35 desde la IP: 187.202.88.13
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,084
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  • Autor
    Consulta

  • rosamariacande_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    En juicio Ejecutivo Mercantil, los familiares en hasta el cuarto grado en linea ascendente y/o colatreral, pueden ser testigos, de la parte demandada.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 354471

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si bien es cierto, el artículo 1261, del Código de Comercio previene que todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben acreditar, están obligados a declarar como testigos, lo que en principio impone, aún a los parientes, la obligación de declarar ante el Juez que conozca del juicio, también lo es que tratándose de parientes, resultan tachables, pues se presume, aunque lo nieguen interés en el pleito, sea directo o indirecto, por lo que pueden ser tachados mediante el incidente respectivo, a efecto que su declaración sea desestimada por ser parcial a la parte oferente, lo que afecta su credibilidad.

    El único caso en que los testigos, parientes del oferente, no son tachables, es cuando tienen el mismo grado de parentezco también con la actora, por lo que el Juez, en la sentencia, resolverá si su dicho es digno de crédito al satisfacer todos los requisitos señalados en el artículo 103, de la codificación mercantil.



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