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NO TENGO EL APELLIDO DE MI PAPá

  • Consulta : 228978
  • Autor : puffiita_95_NR
  • Publicado : Miércoles 07 de Mayo de 2014 15:44 desde la IP: 189.133.149.10
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • puffiita_95_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tabasco
    Tengo 19 años y mi papa nunca me dio su apellido hace 2 años intente acercarme a mi papa y el me rechazon alegando que no soy su hija entrare a la universidad y quiero que me pague la carrera ya que es costosa y mi mama ya me pago todo desde que naci y lo justo es que el ahora me pague la carrera, pero no se que se pueda hacer no se que tan complicado o dificil sea ni el tiempo que lleve esto quisiera que me ayudaran, yo podria ganar la demanda?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 354411

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si en verdad es tu padre si podrias ganarla y si tu edad va de acuerdo a tus estudios te dara lo q corresponda pero el pagarte la carrera dependera de cuales sean sus posibilidades economicas

    acuda con defensor de oficio y comience a cotizar la prueba de adn ya q esta es la prueba idonea para comprobar si es hija de ese sr o no dicha prueba es algo honerosa va desde los 15 mil hasta los 60 mil pesos



  • Autor
    Respuesta No: 354412

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Necesita usted, en primer lugar, asistirse de un abogado especialista en Derecho de Familia, o acudir al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Tabasco, pues aparentemente usted da esa Entidad como referencia.

    Se requiere que, si usted tiene certeza que la persona a quien le atribuye su paternidad, es verdaderamente su padre biológico, debe demandarle el reconocimiento de esa paternidad, para lo cual, durante el juicio, deberá ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética (ADN), si ésta resulta positiva, el Juez, en la sentencia, ordenará que se hagan las anotaciones en el acta de su nacimiento a efecto que se haga consar el nombre de su padre, y así podrá demandarle el pago de alimentos, que incluyen la comida, el vestido, la habitaciín, el esparcimiento, la salud y la educación,



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