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EMBARGO

  • Consulta : 226933
  • Autor : gilyrmezmaldonado_NR
  • Publicado : Jueves 10 de Abril de 2014 00:22 desde la IP: 187.174.187.241
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • gilyrmezmaldonado_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    el dia de hoy se hizo la diligencia de embargo en mi contra pero mi pregunta es se puede poner como garantia de pago una casa de infonavit  por que eso hicieron tambien la fecha del pagare fue unos dias despues que se me hizo el contrato son como 10 dias ahora a mi me juntaron otras cuentas que no son mias por que mi hermana fallecio y yo era su aval y tengo que pagar yo tambien me pusieron que mi papa era mi aval pero el nunca firmo y me dicen q tengo 8 dias para contestar la demanda o no se como se llame  eso es legal

     

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  • Autor
    Respuesta No: 352865

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, si puede embargarse una propiedad adquirida por medio de un crédito del Infonavit, ya que no existe ninguna disposición legal que señale que son inembargables.

    Por otro lado, si usted firmó como aval de su hermana, usted quedó obligada a pagar como si la deuda le fuera propia, de forma tal que si heermana falleció, usted es quien debe satisfacer ese pago.

    Lo que debe hacer, dado que no señala qué día la notificaron y emplazaron a juicio, es contratar a un abogado especialista en Derecho mercantil, a fin de que proceda a contestar la demanda, oponga las excepciones y defensas legales que pueda hacer valer y ofrezca pruebas para acreditarlas, de otra forma, el juicio se seguirá en su rebeldía y en la sentencia la condenarán a pagar todo lo que le relamaron, y si no paga, en ejecución de sentencia, también podrán rematar la casa, aunque la haya adquirido por medio del Infonavit.



  • Autor
    Respuesta No: 352869

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Asi es.

    Solo mencionar que no debe ser mucho dinero lo que usted adeuda o tal vez si, porque la casa se rematará y PRIMERO se le pagará el valor del crédito AL INFONAVIT, y de lo que quede, de esa cantidad se podrá cobrar el actor de la demanda en su contra.

    Tiene que contestar la demanda a ver que puede arreglar, de lo perdido, lo que aparesca es bueno.

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 352925

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    De esta consulta recuerdos vienen a la mente.

    Cuando en la primer epoca de este excelente foro, habia un licenciado con nick OSDANRIDUQ que nos decia que una casa del infonavit JAMAS sería embargada. Hoy con la participacion del excelente abogado Raul Cadena puedo percatarme que el lic. OSDANRIDUQ estaba equivocado.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 352928

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    busca un abogado que conteste tu demanda.. llegue a convenio y puedas pagar lo mas cómodamente que sea posible... ya que... aunque haya muerto tu familiar... si eres su aval... es tu obligación pagar... de eso no te salvas... busca un abogado de tu confianza... y es urgente por tiempo...



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