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¿MI ESPOSO QUE NO HA PROPORCIONADO INGRESO ECONóMICO DURANTE AñOS PUEDE PEDIR LA PATRIA POTESTAD DE MIS HIJOS?

  • Consulta : 226226
  • Autor : mady77
  • Publicado : Miércoles 02 de Abril de 2014 09:33 desde la IP: 201.140.82.215
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,141
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  • Autor
    Consulta

  • mady77
    USUARIO REGISTRADO

    Buenos días. La consulta es la siguiente: mi esposo se quedó sin trabajo hace 3 años, desde entonces hace de vez en cuando cualquier trabajo por decirlo asi, por su cuenta, pero para pagar sus gastos personales, pues es con un salario mínimo, puede ser uno o dos días y de vez en cuando. Yo le he pedido separarnos pero me amenaza con pedir la patria potestad de mis hijos menores de 6 años, porque dice que tiene los contactos para hacerlo, ya que conoce gente del gobierno, mismo que le ha ofrecido trabajo pero siempre está en lista de espera pero como se obsecionó por trabajar ahi, no le ha interesado buscar  trabajo en otro lado. No se quiere ir de la casa, es buen padre, no tengo ninguna otra queja de el pero es mal proveedor, pues desde siempre yo he mantenido sola a mis hijos y ya no quiero que mi esposo dependa tambien de mi. Temo que sí consiga cartas inventando que ha trabajado, pues se que sí lo puede hacer, he estado en tratamiento psicologico derivado del mismo estres que la situación me causa pero temo que ese sea un pretexto para solicitar la patria potestad de ellos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 351079

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Su esposo... si registro a los niños YA TIENE LA PATRIA POTESTAD.  Quiza usted se pregunte si puede pedir la custodia de los niños y la respuesta es SI SI PUEDE.

    Si no ha dado alimentos y aun no le pide custodia...inicie juicio de perdida de patria potestad por la negativa a dar alimentos y listo

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 351084

  • mady77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Perdón, de terminos legales no se nada, pero sí, eso quise decir que desea la custodia, el vive con nosotros.





  • Autor
    Respuesta No: 351101

  • GABRIEL CHISCO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante, responder tu consulta con un simple "si puede pedir la custodia de tus hijos " enrealidad no te están diciendo nada. Tu consulta es más profunda desde un aspecto jurídico. Estrictamente legal, tu esposo "puede" pedir la custodia de tus hijos, y en esos terminos equivale decir: "Todos los nacidos en el país pueden ser presidentes de México". Es decir, la ley no le prohibe a tu esposo que pida la custodia o que quiera ser presidente de México, pero otro hecho es que un juez familiar se la otorgue o que lo eligan como presidente. (Si no es capaz de encontrar un trabajo estable y/o que sus amigos lo puedan colocar en un puesto laboral, dudo mucho que pueda lograr lo anterior.)

    Tu puedes pedir pensión alimenticia a favor de tus hijos y conservar su custodia, así como lograr que se salga de tu domicilio. Para ello adicionalmente puedes solicitar el divorcio y sus asesorios.

    Circunstancialmente, no proveer alimentos a tus hijos daría pauta, incluso a que pierda la patria potestad y todo derecho sobre ellos.

    Recibe un cordial saludo.



  • Autor
    Respuesta No: 351102

  • mady77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Me surgió otra duda, si inicio un juicio por la negativa de dar alimentos y él alega que no tiene trabajo, que no niega su responsabilidad, le pueden dar la razón aunque ya hayan pasado más de 3 años sin comprometrse a un trabajo? gracias.



  • Autor
    Respuesta No: 351135

  • mady77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Gabriel Chisco, agradezco su comentario, toda la razón. Gracias.



  • Autor
    Respuesta No: 351138

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    civilmente nadie esta obligado a lo imposible a si q de manera civil si el sr no tiene trabajo no tiene porq darle pension alimenticia ahora bien bajo q regimen estan casados?

    lo q tiene q hacer es interponer la denuncia via penal por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias o de asistencia familiar o como lo contemple el codgo penal de su entidad federativa 

    y si si el sr demuesstra q los menores estaran mejor con el q con ud si puede pelear la guarda y custoida debido a las ultimas reformas de las leyes al respecto, por otro lado tambien seran concluyentes las pruebas psicologicas practicadas q en un momento determinado el juez y a solicitud de parte tendran q desahogarse.

    ahora bien no se deje amendrentar porq el sr tiene contactos en el gobierno eso es totlmente irrelevante preocupese si es familiar de los jueces en materia familiar de su entidad de otra manera todo lo q diga seran patadas de ahogado el gobierno y los juzgados van por cuerda separada y un juez en materia comun no se deja sobornar por una miseria 



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