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EJECUTIVO MERCANTIL (PAGARé)

  • Consulta : 224759
  • Autor : raymundo000_NR
  • Publicado : Lunes 17 de Marzo de 2014 22:38 desde la IP: 189.190.54.81
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,127
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  • Autor
    Consulta

  • raymundo000_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Un saludo a toda la comunidad de México Legal, mi duda es la siguiente: tengo un poco de confusión con respecto al Auto que Decreta abierto el periodo probatorio en un Juicio Ejecutivo Mercantil, ya que dentro de ese mismo auto se pronuncia sobre la designación de peritos para que dentro del término de 3 días y "antes de la ACEPTACIÓN" de dichas pruebas las contrarias podrá manifestarse sobre "LA PERTINENCIA DE LA PRUEBA" "AMPLIAR OTROS PUNTOS Y CUESTIONES ADEMANDA DE LOS FORMULADOS y DESIGNE PERITO DE SU PARTE CON EL APERCIBIMIENTO DE LA SANCIÓN DEL 1253 FRACCIÓN VI DEL CÓDIGO DE COMERCIO" quiero pensar que dentro de ese mismo Auto se está admitiendo dichas probanzas y entonces esos tres días que menciona el auto también son para que se presente el escrito de aceptación del cargo de Perito, me causa confusión debido a la redacción del Auto, se me hace confuso, sobre todo para los Abogados que apenas empezamos a litigar los asuntos. Ya que propiamente no dice que se ADMITE en ese momento dichas pruebas, o estoy equivocado y habrá un auto aparte que admita las probanzas?! Ahora ese Auto se me notificó por lista de acuerdo y también personalmente, son criterios de juzgados? o la notificación por lista de acuerdos versa sobre algún punto y la personal para otra dentro del mismo auto. Les agradeceré sus comentarios.

     

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