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HAORA SI, QUE ELLOS SON LOS QUE ME ESTAN ROBANDO A MI !!!
- Consulta : 222086
- Autor : ramiro.torres_NR
- Publicado : Martes 18 de Febrero de 2014 18:31 desde la IP: 65.49.14.155
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,225
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Nuevo León
EN LA EMPRESA DE ELECTRONICA DONDE TRABAJO PCEL, ANTES SE REALIZABA EL INVENTARIO CADA MES... PERO EN 2013 SOLO SE HIZO 1 VEZ...
OBVIAMNETE HUBO PERDIDAS EN EL AÑO Y FALTANTES DE INVENTARIO, EL PROBLEMA ES QUE SE NOS ESTA RETENIENDO DE NUESTRO SUELDO A LOS MAS DE 30 EMPLEADOS LA CANTIDAD DE 1600 PESOS SIN NUESTRA AUTORIZACION....
MI PREGUNTA ES QUE PUEDO HACER, YA QUE FUE UN MAL CONTROL POR PARTE DE LA EMPRESA Y NOS ESTAN ROBANDO A NOSOTROS ???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 340652
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 18:59 2014-02-18 18:59 desde IP: 189.212.205.133
Necesitan asistirse de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que demanden a la empresa por los indebidos descuentos de que son objeto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 340653
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 19:00 2014-02-18 19:00 desde IP: 189.212.205.133
Necesitan asistirse de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que demanden a la empresa por los indebidos descuentos de que son objeto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 340682
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 22:40 2014-02-18 22:40 desde IP: 189.234.205.149
si en tu contrato... se hace mencion a aue los faltantes te seran cobrados en forma proporcional al numero de trabajadores y en porcentaje... o firmaron pagares... no hay violacion de derecho alguno... y se puede hacer... y es muy comun... y la forma de llevar su inventario... es cuestion administrativa interna y no te concierne... si bo estas en la administracion... ya que se supone que si sabes que las lwrdidas te seran descontadas... debes defender los bienes del,patron y no permitir su deterioro...perdida o robo....o mal uso.... pero.... eso... solo lo sabes tu y tus compañeros....
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Autor
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AutorRespuesta No: 340743
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Febrero de 2014 11:35 2014-02-19 11:35 desde IP: 187.170.28.161
ramiro.torres:
Haga caso al colega raulcadena y absténgase de tomar en cuernta las palabras de garovalo quien está por completo equivocado y le hace falta tomar lecciones del derecho.En efecto, en tratándose de los inventarios del ac tivo de las empresas, la responsabilidad por los faltantes se regula por las N.I.F. (Normas de Información Financiera emitidas por el Colegio de Contadores Públicos de la República Mexicana y que hasta el mismo S.A.T. aplica, cuestión que desde luego se advierte que es desconocida por garovalo y estas N.I.F. establecen que la responsabilidad es de quien sea el único con acceso a la Bodega, entretanto que también existen "mermas" por robos, por deterioro, etc... que son causas ajenas a los empleados y, por lo tanto, existen maneras de determiunar que solamente uno o varios empleados son los responsables, sobre todo porque el inventariuo es insuficiente para establecer que hay faltantes, pues para ello es imprescindible que se realice una auditoría completa a efecto de "cuadrar" el inventario con las compras de mercancía y la salida por ventas de la misma.
Por otro lado, podemos considerar que la empresa estuviera cometiendo un fraude, porque antes de nada debemos tomar en cuenta que la Ley Federal del Trabajo sólo permite que los patrones descuenten a sus empleados hasta un cierto máximo porcentaje de sus salarios, pero lo más grave es que solamente dispone del plazo de un mes para practicar tales descuentos, y que ese mes comienza a correr a partir del día que el patrón conoce el hecho, y como a lo anterior se agrega que el patrón debió realizar "balance contable" de fin de año al 31 de diciembre del 2013, entonces tenemos que ya se pasó con exceso el mes que la Ley le concede para hacer el descuento y, por lo tanto, esos descuentos son completamente ilegales y hasta pudiera considerarse que el patrón está cometiendo no uno sino hasta varios delitos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 340746
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Febrero de 2014 11:54 2014-02-19 11:54 desde IP: 200.77.204.25
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