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CONDICIONES DE UNA LIQUIDACION POR DESPIDO JUSTIFICADO
- Consulta : 221582
- Autor : elapoliver_NR
- Publicado : Jueves 13 de Febrero de 2014 13:40 desde la IP: 63.172.27.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 13 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola
Me gustaria validar lo siguiente tengo un trabajador que ingreso el 1 Enero 2013 y su ultimo dia de labores fue el 7 de febrero del 2014
Su SDI: 144.16 y su SD 137.92
Tiene adicionales como : Puntualidad por 186.10 Quincenales, T Extra 517.20Dando un neto a pagar de 2929.59 por quincena al mes aprox 6000 pesos
Cuanto seria lo justo y lo minimo por ley que se le deberia de pagar
Y que criterio aplica para lo agendo al salario como la puntualidad y asistencia
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 340119
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Febrero de 2014 16:41 2014-02-13 16:41 desde IP: 189.212.205.133
Contrate a un abogado, quien se encargará, antes que otra cosa, de analizar si el despido del trabajador se encuentra justificado por alguna de las causales previstas en el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo o no, y en todo caso, de existir dicha causal, que lo oriente respecto del procedimiento para dar aviso al trabajador de su rescisión de contrato y proceder a elaborar su finiquito.
En caso que no exista causa justificada para rescindirlo, el trabajador no está obligado a aceptar la cantidad que ustd le ofrezca por concepto de liquidación, y podrá demandarlo reclamándole, además de la indemnización constitucional y demás prestaciones a que tenga derecho, al pago de los salarios caídos hasta por 12 meses, y un interés del 2% sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario, a partir del año; si a pesar de ello insiste en despedirlo, entonces el abogado que contrate buscará la forma de negociar con el trabajador que acepte la liquidación que conforme a la ley le corresponde.
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