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HEREDAR EN VIDA

  • Consulta : 221286
  • Autor : hp_aj_arreg_NR
  • Publicado : Lunes 10 de Febrero de 2014 22:44 desde la IP: 201.141.190.215
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • hp_aj_arreg_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola mi pregunta es la siguiente Mi esposo y yo solo tenemos un hijo el cual ya tiene la mayoria de edad al cual le queremos poner a su nombre una propiedad Estamos casados por sociedad conyugal Esto se hace como venta, adjudicacion? Que impuesto paga cada parte? Una vez hecho esto el ya es dueño legitimo de la propiedad? Es irrevocable? Nuestro hijo no percibe ingresos ya que aun estudia Les agradecerias su respuesta y les agradezco de antemano Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 339812

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No EXISTE LA HERENCIA EN VIDA, por favor no lo repita. Ustedes como padres pueden donar el bien a su hijo simpre que no sea el único bien de la sociedad conyugal y no sea en fraude de acreedores. La donación sí genera impuestos pero es menor que las obligaciones que genera una compraventa. 

    La donación sí es revocable en caso de fraude de acreedores o bien por ingratitud. Acuda al notario de su confianza para que le explique los costos y trámites a seguir.



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