- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ACTAS
- Consulta : 220046
- Autor : devil_xxi_3_NR
- Publicado : Miércoles 29 de Enero de 2014 16:35 desde la IP: 189.161.68.75
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 29 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Jalisco
Conosco algo sobre las actas administrativas, mi pregunta es que tan valido es que te quieran levantar una acta administrativa por no acudir a una junta mensual de mi trabajo siendo que dicha reunion es en mi dia descanzo, de antemano gracias,. -
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 338619
-
Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Enero de 2014 17:05 2014-01-29 17:05 desde IP: 187.162.210.121
Es perfectamente válido que el patrón levante cuantas actas administrativas le vengan en gana, ya que no existe en la Ley Federal del Trabajo ninguna disposici´n legal que se lo prohiba.
Sin embargo, ello no quiere decir que dicha acta administrativa le pueda parar a usted perjuicio alguno, dado que si deja de asistir a la junta mensual que se refiere, cuando ésta coincide con su día de descanso semanal, no tiene ninguna repercusión, dado que ese día usted no se encuentra subordinado a las órdenes del patrón, ni éste puede exigirle que acuda al centro de trabajo a prestar su servicio o a cualquier otra actividad relacionada con el trabajo, por lo que no está obligado, bajo ninguna circunstancia, a acudir a esa junta.
-
Autor





