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CONCUBINATO

  • Consulta : 219183
  • Autor : quirino
  • Publicado : Martes 21 de Enero de 2014 11:55 desde la IP: 189.163.108.120
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • quirino
    ESTUDIANTE

    Abogados, en un supuesto donde la mujer es de carrera militar y el hombre tambien, procrean un hijo, vivian en concubinato el cual formalizaron ante notario publico. en el estado de Guanajuato.  

    Preguntas:

    1.- para demandar el reconocimiento del hijo y alimentos,  ante que instancia se interpone, es decir, es materia civil?

    2.- que tan valida es la escritura publica formalizando el concubinato.  esta pregunta la hago porque el hombre se caso por lo civil en otro estado?

    3.- existe algun delito o se puede demandar incumplimiento de contrato (concubinato)?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 338034

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Únicamente se puede solicitar el reconocimiento y pensión alimenticia del menor, el registro de "Concubinato" solo tiene efectos administrativos más no civiles.

    El concubinato inicia y termina con la libre voluntad de las partes, por lo cual no se requiere de algún tramite "Especial" para finalizar este, por lo que si una de las partes opto por terminar la relación y casarse por el civil, no está realizando ningún delito.



  • Autor
    Respuesta No: 338308

  • quirino
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En cuanto a la demanda, se interpone ante los juzgados civiles?, insisto, si el concubinato lo formalizaron en escritura publica, pudiera ser entonces incumplimiento de contrato?



  • Autor
    Respuesta No: 338309

  • quirino
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En cuanto a la demanda, se interpone ante los juzgados civiles?, insisto, si el concubinato lo formalizaron en escritura publica, pudiera ser entonces incumplimiento de contrato?



  • Autor
    Respuesta No: 338311

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El concubinato no tiene ninguna valides ante notario público, porque es un acuerdo de voluntades que de la misma manera puede ser disuelto sin ningún otro tramite "Especial" no hay incumplimiento de contrato.

    Si esto fuera cierto, ¿Entonces para que sirve el matrimonio civil y cuál sería su diferencia con un concubinato ante notario?

    En todo caso ese papel solo tiene repercusiones administrativas, más no civiles.



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