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COMO HACER PARA SE CUMPLA UN ACUERDO
- Consulta : 218352
- Autor : adelaburgos_NR
- Publicado : Domingo 12 de Enero de 2014 17:08 desde la IP: 189.221.40.89
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 12 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Yucatán
BUENO TARDES
tengo muchas dudas respecto de un convenio q realice en Justicia Alternativa en el D.F. en el cua,l a mi se me otorga la custodia de mi nieta porque mi hija es menor de edad, en dicho convenio se dice q el solo podria llevarse a la niña en vacaciones y regresarla, pero el nunca la regreso y ahora no se la quiere devolver en este caso yo vivo en yucatan y ellos en el D.F. q debo hacer al respecto para que se cumpla dicho acuerdo ante justicia alternativa
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 337329
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Enero de 2014 19:30 2014-01-12 19:30 desde IP: 187.232.116.159
el convenio que usted realizo tiene el caracter de "COSA JUZGADA", ya que fue realizado ante una AUTORIDAD JURISDICCIONAL EN USO DE SUS FUNCIONES Y ATRIBUTOS, luego entonces usted lo que debe hacer es iniciar una denuncia penal por el delito de sustracción de menores MAXIME que las personas que firmaron dicho acuerdo ante autoridad, desde un inicio SABIAN Y CONCIAN EL CONTENIDO DEL MISMO CONVENIO asi mismo SABIAN HASTA DONDE LLEGAN SUS LIMITANTES CON RESPECTO DE LA CUSTODIA DEL MENOR... ASI QUE hagase de los servicios de un abogado especialista en materia penal, saque copia del acuerdo y exhibalo a efecto que el MP COTEJE EL ORIGINAL Y LE SEA DEVUELTO y que la copia SEA AGREGADA A LAS ACTUACIONES... sin emabrgo como le comento es importante que se haga de los servicios de un ABOGADO ESPECIALISTA EN MATERIA PENAL PARA QUE LE ASISTA!
SALUDOS.
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Autor
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AutorRespuesta No: 337331
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Enero de 2014 20:56 2014-01-12 20:56 desde IP: 187.207.43.6
Mi estimada consultante Adela Burgos
Mire, en virtud de que Usted hace referencia a “””-un convenio q realice en Justicia Alternativa en el D.F.-“””, me permito transcribirle la norma aplicable para que sepa que hacer
LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.
CAPÍTULO OCTAVO.
DE LOS EFECTOS DEL CONVENIO ENTRE LAS PARTES.
Artículo 38. El convenio celebrado entre los mediados ante la fe pública del Director General, Director o Subdirector de Mediación actuante con las formalidades que señala esta Ley, será válido y exigible en sus términos y dicho pacto tendrá fuerza de cosa juzgada.
El convenio traerá aparejada ejecución para su exigibilidad en vía de apremio ante los juzgados. La negativa del órgano jurisdiccional para su ejecución será causa de responsabilidad administrativa, excepto cuando el convenio adolezca de alguno de los requisitos señalados en el artículo 35 de la presente ley.
En el supuesto de incumplimiento del convenio en materia penal, quedarán a salvo los derechos del afectado para que los haga valer en la vía y forma correspondientes.
Surtirán el mismo efecto los convenios emanados de procedimientos conducidos por Secretarios Actuarios y mediadores privados certificados por el Tribunal que sean celebrados con las formalidades que señala esta Ley, y sean debidamente registrados ante el Centro en los términos previstos por esta Ley, el Reglamento y las Reglas, según corresponda.
Si el convenio emanado de procedimiento conducido por Secretario Actuario o mediador privado certificado por el Tribunal no cumple con alguna de las formalidades previstas en esta Ley, y esta es subsanable, se suspenderá el trámite de registro ante el Centro y se devolverá al Secretario Actuario o Mediador Privado, según corresponda, para que subsane dichas formalidades, en caso contrario se negará el registro y se iniciará el procedimiento de sanción correspondiente.
Por acuerdo de los mediados los convenios podrán ser anotados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de conformidad con las leyes respectivas.
Por lo anterior, EL CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA NO PUEDE OBLIGAR A LAS PARTES A QUE CUMPLAN EL CONVENIO, de tal suerte que en el caso de incumplimiento , quien se considere afectado podrá solicitar la ejecución del convenio por vía de apremio ante la autoridad jurisdiccional o bien ejercer los derechos que le correspondan para hacerlos valer por la vía y forma correspondientes, de acuerdo a cada caso en particular.
Por lo que debe acercarse a un abogado
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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