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PROCEDIMENTO Y DERECHO DE UN EMPLEADO CUANDO ES ACUSADO DE ROBO
- Consulta : 216451
- Autor : daniela_per96_NR
- Publicado : Sábado 14 de Diciembre de 2013 12:32 desde la IP: 189.168.247.170
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,227
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Diciembre de 2013
Estado de Referencia: Michoacán
Una joven de 19 años tenia un mes de trabajar en una casa de empeño, entoces una persona (perteneciente a la charlataleria) entro al negocio y estuvieron platicando logrando que la joven sacara el oro que estaba limpiando, entonces esta persona al sacarla arrempujo a la joven y se llevo el oro. Ahora los dueños del negocio acusan a la joven de auto robo y la dueña le hizo acusaciones muy fuertes, la hicieron firmar un pagare por el dinero (calculando el valor de las joyas) pero no obstante llevaron a la joven a la delegacion a poner una demanda en contra de la joven . En las declaraciones la joven se contradijo mucho, dio dos versiones, las autoridades dijeron buscar a la señora que se llevo el oro, que incluso ya tenia cargos anteriormente. Los dueños son personas muy prepotentes, se sienten de mucho porder y con influecias por su circulo social y por lo mismo afirman que la joven se autorrobo. Al dia siguiente estas personas visitaron la casa de la joven y amenazaron con pagar el dinero en corto plazo, de lo contrario ya como no habia asunto cocreto en la delegacion, utilizarian a la *mafia* para obligar a la joven y tambien se irian en contra de la familia por que supuestamente en sus conlcuciones tambien eran complice de la joven.
*El negocio cuanta con irregularidades(no hay camaras de seguridad, ni facturas de las joyas)
*La familia no tiene nada que ver con el trabajo de la joven, solo acudieron a auxiliarla.
*La joven dice ser inocente, y todo concuerda con que lo es, pero cometio una neglicencia al dejarse *lavar la cabeza por esta persona*
-Que procede hacer por la demanda de supuesto autorrobo?
-Cuales son los derechos de la empleada?
-Como la gente *comun* puede defenderse de este tipo de personas?
Claro de manera Legal y no haciendo justicia por la propia mano.
Espero puedan resolver mis dudas, de antemano agradezco su atencion y apoyo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 335318
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Diciembre de 2013 15:33 2013-12-14 15:33 desde IP: 189.234.157.205
-Que procede hacer por la demanda de supuesto autorrobo?
no hay demandas... hay denuncias.... y el robo... sea la forma que sea... se sigue de oficio... el ministerio publico procedera a ordenas a la policia se haga una investigacion...
-Cuales son los derechos de la empleada?
ninguno... mientras no se resuelva la situación... pero el simple hecho de haber firmado pagares por el monto del robo... ha dejado en estado simple el delito... esto quere decir... que se ha convertido en un asunto civil... dejando de ser penal... busca un abogado penalista que lleve este asunto... y no salgan con la tarugada de siempre....PERO ELLA ES INOCENTE... ya cuando la esten colgando en el penal por 10 o 15 años... a ver que hacen.... m u e v a n s e ,,,,
-Como la gente *comun* puede defenderse de este tipo de personas?
este tipo de personas... estan en su derecho de defenderse de trabajadores irresponsables... o ladrones... sea este o no el caso... hay una mayoria... y arriba ya te dije que hacer... y... ademas... eso cuesta...
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Autor
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AutorRespuesta No: 335359
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Diciembre de 2013 20:58 2013-12-14 20:58 desde IP: 189.187.178.190
Para empezar eso no es auto robo, xq este concepto se aplica cuando se simula que robaron "cosas de mi propiedad" pero yo planeo y lo ejecuto o lo mando ejecutar. en realidad como se ven las cosas, aqui seria el concepto de complice, es decir hablando de autoria y participacion en el delito de robo, yo considero Muy dificil comprobar en esas circunstancias la inocencia, sin embargo me gustaria saber ¿ cuanto oro fue el que saco? porque si estaba limpiando oro, para llegar a pensar que no era su intencion un ser complice del robo tuvo que salir solo con la pieza que en ese momento traia en sus manos, y eso no seria mucho en dinero, pero si saco mas piezas entonces las cosas se prestan para presumir su participacion en el robo.
por otra parte si los dueños los amenazaron, pueden demandar por la via penal dichas amenazas pero si creen que son capaces de cumplirlas lo mas sano es que paguen el dinero y vivan tranquilos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 335360
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Diciembre de 2013 21:07 2013-12-14 21:07 desde IP: 189.234.157.205
cuando una persona... dice ... demanda penal... no es abogado...
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Autor
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AutorRespuesta No: 335489
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Diciembre de 2013 21:54 2013-12-15 21:54 desde IP: 189.166.165.184
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Autor
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AutorRespuesta No: 335493
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Diciembre de 2013 23:12 2013-12-15 23:12 desde IP: 189.195.36.68
Consultante; Buenas noches, en atencion a su consulta le dire la orientacion necesaria para que la tomen en cuenta y resuelvan el asunto legal del hecho de robo.
1.- Es muy importante que sepa que toda persona que se le ima, calumnia o es involucrada en una denuncia o querella por algun delito, tiene derechos que debe hacer valer LOS SIGUIENTE, segun explico;
a) ELLA PUEDE DECIR QUE EJERCERA SU DERECHO A DECLARAR. Ello significa que puede expresar como sucedieron los hechos, precisando lo que recuerde en cuanto a las circunstancias de modo, lugar, tiempo, ocasion, sujetos, objetos, esto se denomina declaracion ministerial y se realiza ante el Agente del Ministerio Publico y debe estar presente su abogado defensor particular o de oficio,
b) O BIEN ELLA PUEDE DECIR QUE EJERCE SU DERECHO A NO DECLARAR. Esto es que diga que no quiere declarar y toda pregunta que le formulen respecto del robo que diga que es su deseo no declarar y no puede ser obligada a responder. Esto lo debe hacer en el momento de que se pretenda tomarle la declaracion ministerial.
c) Y LA OPCION MAS RECOMENDABLE ES QUE ELLA PUEDE EJERCER EL DERECHO DE ABSTENERSE A DECLARAR. En el momento de que se le pretende tomar su declaracion ministerial puede expresar que se abstiene declarar en ese momento para posteriormente hacerlo por escrito con la asesoria de su defensor.
d) DE SER INVESTIGADA POR LA POLICIA, TIENE DERECHO A NO CONTESTARLES Y RECOMIENDO QUE ASI LO HAGA.
e) TIENE DERECHO A OFRECER PRUEBAS EN FAVOR DE SU DEFENSA, TESTIGOS, DOCUMENTOS.
f) TIENE DERECHO A DEMANDAR LABORALMENTE LA RESICION DE LA RELACION DE TRABAJO POR CAUSA IMABLE AL PATRON O POR DESPIDO INJUSTIFICADO SI FUE DESPEDIDA, EN ESTE CASO ESPECIFICO DEBERA ACUDIR A LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, PRONTO PARA QUE LE ASESOREN Y MANDEN CITAR AL PATRON Y EN CASO DE SER NECESARIO DEMANDE ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE PARA QUE RECLAME LA INDEMNIZACION LABORAL CORRESPONDIENTE.
g) DERECHO A FORMULAR Y PRESENTAR DENUNCIA Y/O QUERELLA POR EL DELITO DE CALUMNIA O LO QUE RESULTE EN CONTRA DE QUIEN DICE QUE ELLA SE AUTOROBO Y SOLICITAR SE LE REPARE EL DAÑO Y LOS PERJUICIOS OCASIONADOS, ESTA ACCION LEGAL SE FORMULA ANTE EL MINISTERIO PUBLICO DEL FUERO COMUN.
Por lo anterior sirvase verificar con un abogado particular o de oficio para que investigue la situacion que guarda el caso y ante ello establecer la estrategia de su defensa penal y asesorarse para entender la mecanica de la defensa mas conveniente.
Por lo antes expuesto.
Muy Atentamente
RAUL CHAVEZ
ABOGADO
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