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DIVORCIO DE MIS PAPAS

  • Consulta : 215033
  • Autor : lorenbarragan10_NR
  • Publicado : Miércoles 27 de Noviembre de 2013 20:57 desde la IP: 201.159.38.234
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,130
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  • Autor
    Consulta

  • lorenbarragan10_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán
    Hola q puede hacer mi papá si esta separado de mi mama desde hace 14 años ella abandono el hogar y demando el divorcio necesario alegando q mi papá dejo la casa cuando ella fue q podemos hacer gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 333444

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Ustedes no pueden hacer nada, ya que no es problema suyo, ni tienen responsabilidad o culpabilidad alguna en el conflicto que exista entre sus padres.

    Por otra parte, es irrelevante que su madre afirme en la demanda que quien se separó de la morada conyugal fue su padre, ya que si tienen 14 años de vivir separados, es evidente que ninguno ha cumplido durante ese tiempo los fines del matrimonio, por lo que no se han brindado ni apoyo ni ayuda mutua, tampoco han actuado en concierto para la conduccción y administración de la casa en que se había constituido la morada conyugal, por lo que el trámtie de divorcio, en realidad solamente se trata de un requisito formal, dado que el matrimonio quedó disuelto de facto, faltando solamente que el juez lo declre disuelto, y tenga por cierto que lo declarará, aún con la oposición de su padre o la de ustedes, pues se actualiza la hipótesis legal contemplada por el artículo 261, fracción IV, del Código Familiar del Estado de Michiacán, que señala que es causa de divorcio, la separación de los cónyuges por más de un año, independientemente del motivo que la haya originado, la cual podrá ser invocada por cualquiera de ellos.



  • Autor
    Respuesta No: 333446

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es importante que contrate a un abogado especialista en la materia para contestar la demanda, si está todavía en tiempo, a efecto de que en la secuela procesal y mediante reconvención, pueda revertir la afirmación de la cónyuge en el sentido de que en realidad es su padre el cónyuge abandonado, ya que si bien es cierto la disolución del vínculo matrimonial es evidente, si no se acredita que quien en realidad abandonó el domicilio conyugal fue la mujer, su padre resultará cónyuge culpable y consecuentemente condenado a pagar una pensión a la cónyuge inocente por el mismo tiempo que duró el matrimonio.



  • Autor
    Respuesta No: 333452

  • TRECECADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    coincido en que por el solo transcurso del tiempo deja de ser irrelevante quien haya abandonado el hogar, la cohabitacion ya no se da desde hace mucho mas de un año dando la posibilidad de exigir el divorcio necesario sin responsabilidad para ninguna de las partes (por prescripcion) por lo tanto si sabe donde vive su padre puede demandarlo directamente y si no entonces puede hacerlo por edictos 



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