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COMO ACTUAR LEGALMENTE PARA QUE PUEDA RECONOCER A MI HIJO
- Consulta : 214651
- Autor : azrag24_NR
- Publicado : Sábado 23 de Noviembre de 2013 17:52 desde la IP: 189.202.20.14
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 23 de Noviembre de 2013
Estado de Referencia: Yucatán
Hola quisiera que alguien me asesore sobre que hacer con este problema.
Resulta que embaraze a mi novia y esto vino a suceder en el peor momento de la relacion, un momento en el que no estamos bien y eso ha hecho mas dificil la situacion, decidimos tener al hijo y yo he estado pagando todo responsablemente, como son medicinas doctores, parte de su comida etc etc, sin queja alguna, el problema radica que cuando ella se molesta conmigo o cuando ella cae en depresion me insulta me amenaza y varias veces ya me dijo que preferiria tener el hijo sola que conmigo, cosa que en lo personal no pienso permitir, hubo una ves que 2 semanas no supe de ella porque no queira contestarme ni verme y cuando lo hacia se alteraba muy feo, y por cuestiones de su salud y la de mi futuro hijo decidio no verla hasta que ella quisiera, ahora andan bien las cosas pero cada ves que ella se molesta reacciona de la misma manera, por lo cual me da temor el que ella me utlize o en un arranque nasca y no me permita regristrarlo, de igual forma me temo que ella diga que yo no di nada duarantes su maternidad para que me ponga como una persona mala, por lo cual quisiera que me aconsejaran legalmente que podria hacer para protegerme si ella tomase esa medidas y sobre todo ahorria que esta en gestacion nuestro hijo, les comento igual que no somos casados y no nos vamos a casar solo vamos a darle el apellido a nuestro hijo, pero como repito no confio en ella y no quisiera que el dia de mañana por mucho o poco que haya hecho ella me demande por algun arranque de histeria y salga perdiendo, espero puedan darme un consejo sobre que accion legal podre tomar
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 332923
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Noviembre de 2013 18:07 2013-11-23 18:07 desde IP: 187.162.210.121
Dado que entre su novia y usted no existe el v´pinculo matrimonial, legalmente no está obligado a proporcionarle los medios económicos para su sostenimiento, como tampoco lo está para que reciba la atención médica gineco-obstétrica que requiere con motivo del embarazo que cursa.; sin embargo, es recomendable que lo siga haciendo, dado que por sus preocupaciones, le interesa que normal desarrollo del producto de la gestación, es la mejor forma de evitar, en la medida de lo posible, cualquier posible complicación durante el alumbramiento.
Una vez que nazca su hijo, entonces adquirirá diversas responsabilidades, no solamente de carácrer moral, sino legal.
En primer lugar, acudir conjuntamente con la madre del niño ante el Registro Civil a fin de proceder a que se levante el acta de nacimiento del menor, manifstando expresa y voluntariamente que ustes es el padre, y hecho lo anterior, proporcionarle a la madre lo necesario para la alimentación del infante.
La forma más segura de hacerlo, sin necesidad de ocurrir a los tribunales, es solicitarle a su novia que abra una cuenta bancaria a su nombre, en la que usted depositará el dinero necesario para satisfacer las necesidades del niño, de forma tal que ella, en forma inmediata, pueda disponer de efectivo para esos efectos; usted, por su parte, deberá conservar las ficha o comprobante de depóisito con las que, en caso de presentarse algún conflicto, pueda acreditar las cantidades que le ha estado proporcionando; lo recomendable es que esas cantidades que proporcione, sean de cuando menos el 15 ó el 20% de sus ingresos.
Asimismo, al haber reconocido al niño como hijo suyo, tendrá, compartidamente con la madre el ejercicio de la patria potestado, y asimismo, el derecho de convivir con el menor y particular en su sano crecimiento dísico, mental, moral, emocional y psico-social.
Ahora bien, en el supuesto que la madre se niegue a que usted acuda al Registro Civil al levantamiento del acta de nacimiento, o se oponga a que usted reconozca al niño que su hijo, podrá demandarle a la madre el reconocimiento de la paternidad, para lo cual, deberpa ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética (ADN), con la que se acredite que usted es el padre, de forma tal que en la sentencia el Juez ordene se levante el acta de reconocimiento del infante y se hagan en el acta de nacimiento las anotaciones correspondientes, haciendo contar que usted es su progenitor; en la misma demanda, podrá solicitar al juzgador se fije un régimen de convivencias con el niño.
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