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CONTRATO ARRENDAMIENTO LOCAL COMERCIAL
- Consulta : 212531
- Autor : ada.ortiz_NR
- Publicado : Miércoles 30 de Octubre de 2013 14:21 desde la IP: 201.141.122.64
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 30 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dia!!
Hace dos años rente un local comercial, elaño pasado en la renovación del mismo en una de las clausulas venia especificado lo siguiente: "Si al termino de este contrato que es el dia _____ el arrendatario estuviere al corriente en el pago de las rentas tendrá derecho a que se le prorrogue la duración del contrato hasta por dos años mas". A que se refiere esta clausula??? tengo una idea pero prefiero que me la explique los que conocen del tema, asi mismo en la siguiente clausula dice "al termino de este contrato y de su prorroga por dos años, el termino de este contrato se convierte en voluntario, Que implica que el contrato se convierta en voluntario???
Mil gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 330614
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Octubre de 2013 14:53 2013-10-30 14:53 desde IP: 187.162.26.9
Estimado amigo:
Todos los contratos son voluntarios, si no estarian viciados, perderían eficacia jurídica, sin embargo aparentemente el plazo del arrendamiento era forzoso para ambas partes, sin embargo aparentmente despúes de dos años el plazo es voluntario.
No obstante, si no se firma un nuevo contrato opera la tácita reconducción del contrato, es decir que si el contrato vence, pero el lugar se sigue ocupando y al arrendador sigue recibiendo las renta y no solicita la desocupacion o demanda, entonces el contrato sigue surtiendo sus efectos en los mismos térmínos, pero de forma indefinida.
Atentamente
Lic. Miguel Angel Argumedo V.
Tel.- 52195455
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